Mis documentos Documentos Relacionados
DECRETO 2910/1973
ACCIDENTES DE TRABAJO
Régimen ley 9688. Reglamentación
Pago de rentas. Beneficiarios. Plazo. Determinación
del 13/4/1973; publ. 8/5/1973
Visto los arts. 19 de la ley 9688 modificado por la ley 19233 y 142 del decreto 23354/1956 ratificado por ley 14467 , y
Considerando:
Que por aplicación del último párrafo del art. 19 de la ley 9688, modificado por la ley 19233 , las acciones no prescriptas al 31 de diciembre de 1970, relativas al cobro de rentas –capital e intereses acumulados–, provenientes de accidentes del trabajo, prescribieron el 31 de diciembre de 1972.
Que dichas rentas ascendían a tres millones cuatrocientos mil pesos, de los cuales aún resta liquidar una cantidad aproximada al millón de pesos, razón de que el órgano de aplicación administrativo no ha podido materialmente notificar, en todos los casos el plazo de vencimiento, ni verificar adecuadamente el abandono del derecho creditorio por parte de los beneficiarios.
Que en cumplimiento de la misión que le compete en el área de seguridad social, el Estado debe arbitrar los medios, a efectos de que las prestaciones se efectivicen de acuerdo con el espíritu que dio origen a la sanción pertinente, especialmente cuando se encuentran afectados los derechos de la minoridad.
Que en consecuencia, y de conformidad con la facultad conferida por el art. 142 de la Ley de Contabilidad, para cuyo ejercicio se ha tenido en cuenta la opinión fundada del Ministerio de Bienestar Social, como lo requiere su reglamentación, es procedente autorizar hasta el 31 de diciembre de 1973 al Departamento de Accidentes del Trabajo a pagar las rentas no reclamadas hasta el 31 de diciembre de 1972.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Autorízase hasta el 31 de diciembre de 1973, a la Dirección General de Protección Social del Ministerio de Bienestar Social, Departamento de Accidentes del Trabajo, a pagar a los beneficiarios de la ley 9688 las rentas –capital e intereses acumulados–, cuyas acciones hubieran prescripto por vencimiento del plazo establecido en el último párrafo del art. 19 de la ley citada, modificado por la ley 19233 .
Art. 2.– Comuníquese, etc.
Lanusse – Puiggrós
[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


