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DECRETO 443/1974
MINERÍA
Promoción minera. Régimen. Disposiciones reglamentarias
del 6/2/1974; publ. 12/2/1974
Visto lo dispuesto en el art. 29 de la ley 20551 y lo propuesto por el Ministerio de Economía, y
Considerando:
Que a los efectos de la inmediata aplicación del régimen de promoción minera instituido por la mencionada ley, resulta necesario establecer las disposiciones reglamentarias que lo posibiliten;
Que debe coordinarse la acción de los organismos del sector público, tanto nacionales como provinciales, que concurran a la implementación de medidas de promoción y estímulo de la industria extractiva;
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
CAPÍTULO I:
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.– Las disposiciones del presente decreto, ya sean definitorias de conceptos o instituciones, o reguladoras de actividades, se entenderán aplicables exclusivamente en el ámbito de la ley 20551 , de los decretos reglamentarios generales, especiales, regionales y sectoriales, de los acuerdos que se concerten para el ejercicio de las facultades concurrentes con los Gobiernos provinciales y de cualquier otro acto normativo o reglamentario referido al régimen de promoción minera.
Art. 2.– Entiéndese por:
a) Pequeña minería: Aquélla cuya explotación cuente con un monto de venta anual, considerado en cancha mina o planta de tratamiento, que no exceda de tres millones de pesos ($ 3.000.000);
b) Mediana minería: Aquélla cuya explotación cuente con un monto de venta anual, considerada en cancha mina o planta de tratamiento, que supere tres millones de pesos ($ 3.000.000) y no exceda de cincuenta millones de pesos ($ 50.000.000);
c) Pequeña empresa minera: Aquélla cuyas explotaciones, consideradas individualmente, estén comprendidas entre las consideradas como pequeña minería;
d) Mediana empresa minera: Aquélla que tenga por lo menos una explotación comprendida entre las consideradas como mediana minería y ninguna mayor que éstas.
Art. 3.– Los minerales a que se refiere la ley son los que se encuentran ubicados en el territorio nacional, emergido, y en sus fondos y subsuelosPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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