Mis documentos Documentos Relacionados
DECRETO 628/1996
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Liquidación y Percepción. Deducciones
EMPLEO PúBLICO
Régimen. Beneficiarios de las rentas contempladas en los incs. a), b) y c) del art. 79. Deducción. Alcance
del 18/6/1996; publ. 20/6/1996
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.- Sustitúyese el artículo incorporado a continuación del art. 184 del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias, según texto sustituido por el D 2353 del 18 de diciembre de 1986 y sus modifs., por el D 776 del 17 de noviembre de 1995, por el siguiente:
Art. … – Los importes retributivos a que se refiere el artículo incorporado a continuación del art. 99 de la ley, por el pto. 7 del art. 1 de la L 24475 , cualquiera sea su denominación o naturaleza, que se abonen a todos aquellos que cumplan una función pública o que tengan una relación de empleo público, sin distinción de rango, con organismos pertenecientes a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, nacionales, provinciales o municipales, centralizados, descentralizados o autárquicos, entidades financieras oficiales, empresas del Estado y las estatales prestatarias de servicios públicos, no se consideran comprendidos en las deducciones a que alude el inc. e) del art. 82 de la ley, con excepción de las sumas que se abonen en concepto de adicional remunerativo para el personal civil y militar por prestaciones de servicio en la Antártida y el adicional por costo de vida que perciben los miembros del Servicio Exterior de la Nación y los funcionarios del Servicio Civil adscriptos al mismo, que se desempeñen en el extranjero.
Art. 2.- Derógase el art. 2 del D 397 del 23 de marzo de 1995.
Art. 3.- Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto desde el 1 de enero de 1996. El importe de los ajustes que corresponda efectuar por los meses del año transcurridos hasta el mes de publicación del presente, deberá retenerse en forma proporcional en los meses restantes hasta la finalización del período fiscal.
Art. 4.- Comuníquese, etc.
MENEM – RODRÍGUEZ – CAVALLO.
Referencias: L 24475: 199-A-168 – D 397/95: LA 199-A-213 – D 776/95: 199-C-3282 – D 2353/86: -A-310.
[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


