Mis documentos    Documentos Relacionados   

DECRETO 6470/1972

CONTABILIDAD PúBLICA

Contrataciones en el ámbito del Ministerio de Obras y Servicios Públicos

del 21/9/1972; publ. 19/10/1972

Visto este expte. 775 del registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, por el cual se propicia modificar la reglamentación aprobada por decreto 6497/1969 para las contrataciones que realizan los organismos comprendidos en las áreas atribuidas a los subsecretarios general, de Obras Públicas, de Transporte y Marina Mercante, de la jurisdicción del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en virtud de las normas establecidas por decreto 2691/1972 ; y

Considerando:

Que la mencionada modificación se considera necesaria a fin de ajustar dicha reglamentación a la nueva estructura orgánica del referido ministerio.

Que en consecuencia corresponde dejar sin efecto la reglamentación aprobada por decreto 6497 del 13 de octubre de 1969.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Toda compra o venta, así­ como toda contratación sobre locaciones, arrendamientos, trabajos o suministros se regirá en el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, áreas de los subsecretarios general, de Obras Públicas, de Transporte y Marina Mercante, por la siguiente reglamentación:

CONTRATACIONES POR LICITACIÓN PúBLICA O CONTRATACIONES DIRECTAS

Montos mayores de $ 2.000.000.

Procedimiento: Por licitación pública o por contratación directa (excepciones del art. 56, inc. 3 de la Ley de Contabilidad).

Autoriza: Ministro o subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos.

Aprueba y adjudica: Poder Ejecutivo.

Montos mayores de $ 400.000 y hasta $ 2.000.000:

Procedimiento: Por licitación pública o por contratación directa (excepciones del art. 56, inc. 3 de la Ley de Contabilidad).

Autoriza: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos.

Aprueba y Adjudica: Ministro.

Montos mayores de $ 200.000 y hasta $ 400.000:

Procedimiento: Por licitación pública o por contratación directa (excepciones del art. 56, inc. 3 de la Ley de Contabilidad).

Autoriza: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento.

Aprueba y Adjudica: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos.

Montos mayores de $ 100.000 y hasta $ 200.000:

Procedimiento: Por licitación pública o por contratación directa (excepciones del art. 56, inc. 3 de la Ley de Contabilidad).

Autoriza: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor de obra.

Aprueba y adjudica: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento.

Montos mayores de $ 10.000 y hasta $ 100.000

Procedimiento: Por licitación pública o por contratación directa (excepciones del art. 56, inc. 3 de la Ley de Contabilidad).

Autoriza: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor o principal de obra o jefe de sección.

Aprueba y adjudica: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor de obra.

Montos hasta $ 10.000:

Procedimiento: Por licitación pública o por contratación directa (excepciones del art. 56, inc. 3 de la Ley de Contabilidad).

Autoriza: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor o principal de obra o jefe de sección.

Aprueba y adjudica: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor o principal de obra.

CONTRATACIONES POR LICITACIÓN PRIVADA:

Montos mayores de $ 10.000 y hasta $ 40.000:

Procedimiento: Por licitación privada (art. 56, inc. 1 de la Ley de Contabilidad).

Autoriza: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor o principal de obra o jefe de sección.

Aprueba y adjudica: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor de obra.

Montos hasta $ 10.000:

Procedimiento: Por licitación privada (art. 56, inc. 1 de la Ley de Contabilidad).

Autoriza: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor o principal de obra o jefe de sección o conductor de obra.

Aprueba y adjudica: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor o principal de obra o jefe de sección o conductor de obra.

CONTRATACIONES DIRECTAS

Montos hasta $ 2.000:

Procedimiento: Art. 56, inc. 3 a) de la Ley de Contabilidad.

Autoriza: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor o principal de obra o jefe de sección o conductor de obra.

Aprueba y adjudica: Subsecretario o director nacional o director general o capitán general de puertos o capitán de puerto o supervisor sectorial o jefe de departamento o jefe de división o jefe de equipo de trabajo o conductor mayor o principal de obra o jefe de sección o conductor de obra.

Art. 2.– Los remates públicos que se efectúen de conformidad con lo determinado por el inc. 2 del art. 56 de la Ley de Contabilidad serán aprobados por el Poder Ejecutivo cuando superen el importe de dos millones de pesos ($ 2.000.000) y por el ministro de Obras y Servicios Públicos hasta dicho monto.

Art. 3.– Las facultades otorgadas por el presente decreto a los funcionarios que en cada caso se indica no podrán ser delegadas, pero son atribuibles a aquellos otros que los reemplacen –mediante acto de autoridad competente– en la función a los originariamente designados y mientras dure la ausencia de éstos, previa notificación del titular de la repartición a los órganos de fiscalización pertinente.

Los jefes de repartición señalarán para sus dependencias qué funcionarios de los genéricamente mencionados actuarán con tales atribuciones, fijando el monto por el que se acuerda la autorización dentro de los lí­mites establecidos para cada tipo de contratación.

Art. 4.– Los actos para la adquisición de elementos, etc. se ajustarán a las determinaciones de la reglamentación aprobada por el decreto 5720/1972 , así­ como también aquellas modificaciones que se efectuaran al mismo.

Art. 5.– Derógase el decreto 6497 del 13 de octubre de 1969.

Art. 6.– Comuní­quese, etc.

Lanusse – Gordillo

 

[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.

HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA

Plan Básico

Consulte online  más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo  del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.

Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.

Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.

Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.

Mensual Plan Básico
$12900 por mes
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
 
 
Semestral Plan Básico
$28980 30% de ahorro
único pago por 6 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia
Anual Plan Básico
$29700 - $25245 con transferencia PROMO 50% OFF
único pago por 12 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia

Plan Premium

Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.

Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.

Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.

Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.

Mensual Plan Premium
$15900 por mes
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
*Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral Plan Premium
$41580 30% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
Anual Plan Premium
$59400 50% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés

Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.

Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *