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Decreto 2314/2009
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Apruébase la estructura escalafonaria y el régimen retributivo para la Administración Nacional de Aviación Civil.
Bs. As., 28/12/2009
VISTO el Expediente Nº 51/2009 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 26.422, los Decretos Nros. 239 de fecha 15 de marzo de 2007, 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y 92 de fecha 15 de enero de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 2 de fecha 9 de enero de 2009 y 40 de fecha 22 de julio de 2009, y la Resolución Nº 1110 de fecha 17 de junio de 2009 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 239 de fecha 15 de marzo de 2007 se creó la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, estableciendo que la misma es la Autoridad Aeronáutica Nacional y ejerce las funciones y competencias establecidas en el Código Aeronáutico —Ley Nº 17.285—, en la Ley Nº 19.030 de Política Aérea, en los Tratados y Acuerdos Internacionales, leyes, decretos y disposiciones que regulan la Aeronáutica Civil en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que posteriormente, mediante el dictado del Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, se aprobó el Programa General de Transferencia a la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), conforme lo establecía el Decreto Nº 239/07, asignándole a la citada Administración, entre otras, las competencias, funciones y facultades referidas a la gestión y desarrollo de la seguridad operacional de los servicios de navegación aérea y aeródromos, la planificación y regulación aeronáutica, el registro de productos aeronáuticos y aeronaves, la capacitación, formación, investigación y perfeccionamiento en materia de Aviación Civil, la prevención e investigación de accidentes de aviación civil y el fortalecimiento de las relaciones internacionales con organismos y entidades rectoras en la materia.
Que asimismo, por intermedio del Artículo 4º del referido decreto, se dispuso conformar la estructura organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), la que debía entrar en vigencia y estar operativa en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del momento en que el Administrador Nacional fuese designado y tomara posesión del cargo, hecho que se concretó mediante el dictado del Decreto Nº 92 de fecha 15 de enero de 2008, se aprueben sus estructuras inferiores, su Estatuto y su presupuesto inicial.
Que por el Artículo 25 del Decreto Nº 1770/2007 se estableció que el personal civil que se encontrare prestando servicios inherentes a la Aviación Civil en el COMANDO DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA, en la SECRETARIA DE TRANSPORTE y en la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, pasara a depender de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, conservando sus respectivas situaciones de revista y condiciones de empleo, hasta su reencasillamiento en esa Administración Nacional.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 40 de fecha 22 de julio de 2009 se aprobó la nómina del personal civil transferido del COMANDO DE REGIONES AEREAS dependiente de la FUERZA AEREA ARGENTINA a la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC),Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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