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LEY 22138
ORGANISMOS DEL ESTADO
POLICÍA
Dirección Nacional de Policía Fiscal Federal. Creación. Derogación
sanc. 11/1/1980; promul. 11/1/1980; publ. 17/1/1980
Buenos Aires, 21 de diciembre de 1979.
Excelentísimo señor presidente de la Nación:
Tengo el honor de dirigirme al primer magistrado para proponer la derogación de la ley 20644 , que crea en jurisdicción del Ministerio de Economía la Dirección Nacional de Policía Fiscal Federal, como entidad descentralizada, sometida a la Superintendencia de la Secretaría de Estado de Hacienda.
Este organismo, creado a principios de 1974, nunca fue efectivamente implementado, sin que se advirtiera su necesidad. En realidad se superpone con funciones específicas de la Dirección General Impositiva y, en parte de la Administración Nacional de Aduanas, lo que es contrario al buen orden administrativo y a la actual política de racionalización de la Administración Pública.
A partir de marzo de 1976 se ha trabajado intensamente y con éxito creciente en mejorar la eficacia de la Dirección General Impositiva. Para ello se han efectuado reformas legislativas y, en especial, se han introducido modificaciones de fondo en la ley que fija el procedimiento tributario. También se han dispuesto profundas reformas operativas y estructurales en la Dirección General Impositiva, proponiéndose ahora, como paso siguiente de una política que conduce a erradicar la evasión impositiva, una importante ampliación de la planta de personal de la Dirección General Impositiva.
Por otra parte, de implementarse la Policía Fiscal Federal, sus funcionarios deberían reclutarse necesariamente de los cuadros de la Dirección General Impositiva y de la Administración Nacional de Aduanas, ya que en ninguna otra parte se encuentra personal con la experiencia necesaria en una materia tan específica. De modo que habría que desmantelar organismos existentes para crear uno nuevo, sin que se advierta que ello sea más eficaz para el logro del objetivo que se persigue.
Siendo pues, la política correcta, la de adoptar todas las medidas y decisiones necesarias para que los organismos existentes de fiscalización, la Dirección General Impositiva y la Administración Nacional de Aduanas, tengan la eficacia requerida, corresponde derogar la ley de creación de la Policía Fiscal Federal.
Por las razones expuestas se estima que el primer magistrado brindará una favorable acogida al presente proyecto.
Dios guarde a vuestra excelencia.
Martínez de Hoz
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1.– Derógase la ley 20644 .
Art. 2.– Comuníquese, etc.
Videla – Martínez de Hoz
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