Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAAcceso a la información. Fiscalía de Investigaciones Administrativas. AFIP. Secreto de las actuaciones. Excepciones
Se condena a la AFIP a otorgar la información solicitada por la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas que fuera negada con fundamento en el secreto fiscal (art. 101, ley 11.683). Para así decidir, el tribunal sostuvo que no resulta justificado el rechazo, dado que la forma republicana de gobierno requiere el control de aquellas personas que se encuentren a cargo de las funciones del Estado, y ese control se facilita con la transparencia de la gestión pública.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de abril del año dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los señores jueces de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver los autos «FIA (EXPTE 23330/1581 Y OTROS) Y OTRO c/ EN-Mº ECONOMÍA-AFIP RESOL IG 08/06 Y OTRAS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO», y:
La Dra. Clara María do Pico dijo:
I.- El Fiscal General a cargo de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) interpuso demanda con el objeto de que se declare la nulidad por inconstitucionalidad de la Instrucción General AFIP nº 8/06 (modificada por su par nº 12/06-Anexo I) y la Disposición AFIP nº 98/09, en tanto que le imponen a esa Fiscalía el secreto fiscal (art. 101 de la ley 11.683), y sus actos de aplicación en los expedientes FIA nº 23.330/1581, 26.296/1664 y 22.655/889. Solicita, en concordancia, que se ponga a su disposición la información oportunamente requerida por oficio en los expedientes administrativos citados.
II.- La jueza de grado, por sentencia de fs. 561/570, rechazó la demanda, sin costas.
En primer lugar, la magistrada señaló que la FIA requirió información -en reiteradas oportunidades- al organismo recaudador en los exptes. nº 23.330/1581, 26.296/1664 y 22655/889. La AFIP rechazó esos pedidos de información amparándose en el secreto fiscal. En cada caso, la FIA recurrió los actos que dispusieron esos rechazos, agotando así la vía administrativa.
A fin de examinar la posibilidad de oponer el secreto fiscal al organismo demandante recordó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación relacionada con los métodos de interpretación de la ley, cuya primera regla es el respeto a la voluntad del legislador, de acuerdo con las palabras que éste utilizó al redactar el art. 101 de la ley 11.683 (que no fue cuestionado por la actora). Sostuvo así que la información protegida por el secreto fiscal sólo puede ser admitida como prueba en los procesos criminales -cuando se hallen directamente relacionadas con los hechos que se investiguen-, entre los que no se encuentran incluidas las investigaciones administrativas preliminares efectuadas por la FIA, debido a que éstas no configuran causa penal, sino que tienen lugar antes de la instrucción (resolución PGN nº 147/08).
En esa línea, dijo, la Instrucción General de la AFIP nº 08/2006, determinó que el secreto fiscal constituye un imperativo legal que debe ser observado estrictamente por ese órgano recaudador, aunque reconoce ciertas excepciones, como cuando el sujeto requirente es alguna de las unidades de investigación que integran el Ministerio Público Fiscal, mediando causa penal abierta y orden del juez competente, o del propio fiscal interviniente en a) el supuesto previsto en el Artículo 180 del Código Procesal Penal de la Nación o b) se trate de denuncias formuladas por ese Organismo (según Instrucción General nº 12/06). Concluyó en que la Instrucción General 08/06 -modificada por IG 12/06- y la disposición 98/09 dictadas por la AFIP, reflejan la legislación vigente en materia de secreto fiscal que regula el artículo 101 de la ley 11.683, respetando el sentido que el legislador ha querido plasmar con relación al mencionado instituto, por lo que la FIA, no está facultada para requerir información amparada por el secreto fiscal.
Seguidamente, la jueza transcribe los artículos 45 y 49 de la ley 24.946 y refiere que la Fiscalía de Investigaciones Administrativas se encuentra facultada para asumir el rol de parte acusadora en sumarios administrativos (según lo que sostuvo el Máximo Tribunal en la causa «FIA c/ RREE-Resol 2046», pronunciamiento del 10-12-13), tal como ocurrió en la causa interna iniciada por la AFIP con referencia al expediente nº 22.655/889 -Sumario Administrativo nº 2324/07-. De esa transcripción legal desprende -compartiendo el voto de la minoría en un caso análogo- que la FIA no puede ser equiparada a «autoridad judicial», por lo que su rol se agota en la petición de la información (art. 43 a 50 de la ley 24.946), sin que ello pueda habilitar a que emita la orden respectiva.
Aduce que el caso difiere del decidido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa F. 215. XLVI., «Fiscalía Investigaciones Administrativas (ex. 21.637/457) c/ E.N.-Mº Interior-P.F.A.-nota 176/07-sumario 226/05 s/ proceso de conocimiento» (sentencia del 10 de diciembre de 2013), ya que en ese pronunciamiento se examinó la potestad de la FIA de participar en un sumario administrativoPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


