Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAAccidente de tránsito
Se confirma la sentencia apelada en cuanto hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios deducida con motivo de un accidente de tránsito, y se modifica el monto indemnizatorio concedido y los intereses de condena.
En la ciudad de Mar del Plata, a los 3 días del mes de Marzo de 2015, reunida la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala Segunda, en acuerdo ordinario a los efectos de dictar sentencia en los autos caratulados «TODISCO GRACIELA ANTONIA C/ DI YORIO Y OTS. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS», habiéndose practicado oportunamente el sorteo prescripto por los artículos 168 de la Constitución de la Provincia y 263 del Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial, resultó que la votación debía ser en el siguiente orden: Dres. Pedro D. Valle y Ricardo D. Monterisi.
El Tribunal resolvió plantear y votar las siguientes
CUESTIONES
1ra.) ¿Es justa la sentencia de fs. 698/710?
2da.) ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?
A la primera cuestión planteada el Sr. Juez Dr. Pedro D. Valle dijo:
I. A fs. 698/710 el Señor Juez de Primera Instancia dictó sentencia y dispuso hacer lugar a la demanda por indemnización de daños y perjuicios promovida por la Sra. Graciela Antonia Todisco contra el Sr. Paulo Daniel Di Yorio y la citada en garantía COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS VICTORIA S.A., condenando a los indicados a abonar a la accionante en forma conjunta la suma de pesos … ($…) con más los intereses indicados en los considerandos. Rechazó la pretensión de actualización monetaria de la suma de condena (arts. 7 y 10 ley 23.928 y ley 25.561). Desestimó íntegramente la demanda contra los Sres. Humberto Jesús Baima y Roberto Juan Díaz y la citada en garantía Provincia Seguros S.A., absolviendo del presente proceso a los tres indicados en último término. Las costas fueron impuestas en su totalidad al Sr. Di Yorio y su compañía aseguradora en calidad de vencidos (arts. 68 del C.P.C.C.)
Para así decidir, estimó que en casos como el de autos, la responsabilidad debe ser analizada a la luz de las previsiones del art. 1.113 del Cód. Civil.
En virtud de las presentaciones de ambas partes, de las absoluciones y los informes de fs. 303 y 429, 85/86 y 88/90, tuvo por admitidas y probadas las siguientes circunstancias: que el 11 de agosto de 2005 siendo aproximadamente las 14 hs, se produjo un accidente en la intersección de las calles Bestoso y Puan de esta ciudad, que en el mismo tuvieron participación el rodado Fiat Fiorino dominio …, que se encontraba al mando del Sr. Paulo Daniel Di Yorio y la Chevrolet Pick Up S10 Custom patente …, que era conducida por el Sr. Jorge A. Figueroa, que el Fiat Fiorino circulaba por la calle Bestoso en dirección a Juan B. Justo, y la Chevrolet Pick up por la calle Puan en sentido hacia la Avenida Peralta Ramos; que a consecuencia de tal choque la Fiat Fiorino es desplazada , impactando posteriormente contra el rodado VW Gacel patente …, vehículo que se encontraba estacionado sobre la calle Bestoso, cercano a la esquina de ésta última con calle Puan, situado en contramano.
Dijo que las declaraciones testimoniales de los Sres. Cristian Mora, Pablo Mora y Martín Crespo (v. fs. 287/288; 293/294; 291/292), permiten tener por probada la autenticidad de las fotografías acompañadas por la accionante en relación del rodado VW Gacel interviniente, en cuanto han resultado coincidentes que las mismas representan los deterioros provocados en tal rodado por el choque.
ManifestóPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


