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JURISPRUDENCIADefensa del consumidor. Aplicación de la Ley 24240:53
Buenos Aires, 10 de marzo de 2015.
1. Previsión Asesoramiento y Defensa del Consumidor (en adelante, PADEC) apeló en fs. 1566 la sentencia definitiva de fs. 1544/1563 que rechazó, en lo sustancial, su reclamo y distribuyó los gastos causídicos en un 90% a su cargo y el 10 % a cargo de su contraria Tarshop S.A. (en adelante, TARSHOP).
En su memorial de fs. 1845/1853, respondido en fs. 1855/1865, la recurrente cuestiona básicamente, y en general, que (i) el proceso debe encausarse porque la decisión se asemeja a una sentencia de un proceso ordinario cuando el trámite que corresponde es de ejecución de sentencia y (ii) se agravia de que no se aplicó ni el derecho sustancial en materia de defensa de los consumidores ni el de tarjeta de crédito.
Pero también, y en particular, critica (i) la falta de aplicación del principio probatorio contenido en el artículo 53 de la ley 24.240; (ii) la descalificación que se efectuó de la prueba pericial (contable y actuarial); (iii) la omisión arbitraria de prueba que da cuenta del incumplimiento que denunció respecto de su contraria; y (iv) la imposición de costas a su cargo.
La Fiscalía ante la Cámara dictaminó en fs. 1870/1872 y, a instancias del hecho denunciado por la demandada en fs. 1876/1878, amplió su opinión en fs. 1885.
2. (a) A los fines de una mejor comprensión de las cuestiones traídas a conocimiento de esta instancia, cabe reseñar que inicialmente PADEC solicitó en fs. 13/14 la homologación de un convenio suscripto en el marco de una mediación privada, en donde TARSHOP, sin reconocer hechos ni derecho alguno y al sólo efecto conciliatorio, se comprometió -en lo que aquí interesa- a cumplimentar los siguientes puntos:
«… 1) Colocar carteles indicadores en todos sus locales al público, que informen de manera destacada y con contraste visual la disponibilidad de una copia del contrato suscripto por los usuarios para su retiro.
2) Incluir en el resumen los datos que indica el art. 23 de la ley 25.065, particularmente el importe de cada operación (inc.Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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