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DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021
JURISPRUDENCIADefensa del consumidor. Servicio de telefonía. Incumplimiento. Aplicación de multa. Facultades de la Municipalidad
Se mantiene la multa aplicada por la Municipalidad demandada a la empresa de telefonía, atento la facultad de la Comuna para imponer sanciones por incumplimiento a la ley 24240.
En la ciudad de General San Martín, a los 24 días del mes de mayo de 2.017, se reúnen en acuerdo ordinario los señores Jueces de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín, estableciendo el siguiente orden de votación de acuerdo al sorteo efectuado: Jorge Augusto Saulquin, Ana María Bezzi, y Hugo Jorge Echarri, para dictar sentencia en la causa n° 6064, caratulada «TELECOM ARGENTINA S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE TIGRE S/ PROCESO SUMARIO DE ILEGITIMIDAD – OTROS JUICIOS».
ANTECEDENTES
I.- A fs. 182/194, el Sr. Juez titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo n° 1 de San Isidro dictó sentencia resolviendo rechazar la demanda interpuesta por Telecom Argentina S.A. contra la Municipalidad de Tigre.
Asimismo, le impuso las costas a la parte actora en su carácter de vencida y difirió la regulación de honorarios hasta quedar firme dicho pronunciamiento.
II.- A fs. 195/198 vta., el letrado apoderado de la parte actora interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en autos, con expresión de fundamentos.
III.- A fs. 206, el magistrado de grado dispuso correr traslado del recurso de apelación a las partes, por el plazo de 10 (diez) días.
IV.- A fs. 209/211 vta., la mandataria de la parte demandada contestó el traslado antes indicado.
V.- A fs. 212, el Sr. Juez a quo ordenó que se elevaran las presentes actuaciones a esta Alzada, las que fueron recibidas a fs. 212 vta. y a fs. 213 se dispuso -entre otras cosas- que pasaran los autos a resolver.
VI.- A fs. 214 y vta., se efectuó el pertinente examen de admisibilidad formal, y en tal contexto, este Tribunal resolvió conceder -con efecto suspensivo- el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia definitiva dictada en la causa y, toda vez que no se había articulado diligencia procesal alguna, llamar los autos para sentencia. Bajo tales condiciones, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a decidir:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
VOTACION
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