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DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021
JURISPRUDENCIADemanda contenciosoadministrativa. Fuerzas de seguridad. Reajuste de haberes. Adicional remuneratorio
Se confirma la sentencia que acogió parcialmente la demanda, pues la bonificación especial establecida por el decreto N° 54/11, y luego incrementada mediante el decreto N° 934/13, que perciben los agentes de las Fuerzas de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires comprendidos en los regímenes de la ley 13.928 y del decreto-ley 9578/80, que se encuentren en actividad y cumpliendo con la prestación efectiva de servicios, deben ser incluidas en la base de cálculo del haber previsional de los accionantes.
En la ciudad de Mar del Plata, a los 02 días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, reunida la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en dicha ciudad, en Acuerdo Ordinario, para pronunciar sentencia en la causa C-7000-MP2 «LURO, JULIO CÉSAR Y OTROS c. PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A s. PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS», con arreglo al sorteo de ley cuyo orden de votación resulta: señores Jueces doctores Riccitelli y Mora, y considerando los siguientes:
ANTECEDENTES
I. En lo que aquí interesa, el titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 2 del Departamento Judicial Mar del Plata hizo lugar parcialmente a la demanda incoada por Julio César Luro, Raúl Antonio Crego, Rubén Oscar Cuevas, Eduardo Fidencio Luna, Norberto Aníbal López Camelo, Gustavo Andrés Kusznier, Jorge Eduardo Russo, Irma Beatriz Domínguez, Omar Aníbal Dumón, Bernabé Alfredo Figallo, Gerardo Solomita y Fernando Luis Ustarroz contra la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Impuso las costas del juicio a las partes vencidas y difirió la regulación de honorarios para su oportunidadPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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