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JURISPRUDENCIADisolución y liquidación de la sociedad conyugal. Subrogación real. Adquisición de un bien con fondos propios. Derecho de recompensa
Se rechaza el reclamo para que se declare ganancial un bien, dado que la mayor parte del precio del inmueble se solventó con el producto de la venta de uno propio del demandado. La subrogación real tiene lugar cuando primero se enajena el bien propio y luego, con su producido, se adquiere el que viene a sustituirlo, pero puede darse el orden inverso: primero la adquisición del nuevo inmueble y posteriormente la enajenación del bien propio, utilizando los fondos producto de esta última operación para pagar aquel.
En Buenos Aires, a los 22 días del mes de mayo de 2015, hallándose reunidos los señores jueces integrantes de la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, a los efectos de dictar sentencia en los autos caratulados «M., S. E. c/ M., J. O. s/ Liquidación de sociedad conyugal», y habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo de estudio, el Dr. Picasso dijo:
I.- La sentencia de fs. 469/75 –aclarada a fs. 477- hizo lugar a la demanda entablada por S. E. M. contra J. O. M., y decretó la liquidación de la sociedad conyugal con costas por su orden. En consecuencia: 1) estableció el carácter ganancial del inmueble sito en la calle Carlos Calvo . de esta ciudad, y dispuso su rectificación registral; 2) declaró que corresponde a la disuelta sociedad conyugal que integraban las partes el 22,5% del inmueble sito en la calle Piedras ., piso ., unidad funcional ., de esta ciudad, que será objeto de división, mientras que el equivalente al valor del 77,50% restante debe ser reintegrado a M. E. Z. –quien fue citada en calidad de tercero- ; 3) condenó al demandado a pagar a la actora el cincuenta por ciento del canon locativo del bien indicado en primer término, a partir de la traba de la litis de estas actuaciones, previa tasación a realizarse en la etapa de ejecución de sentencia, más intereses, y 4) reconoció un crédito por recompensa a favor del demandado por la suma de $… más intereses a partir de la sentencia.
Contra dicho pronunciamiento apeló la totalidad de lasPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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