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JURISPRUDENCIALicencia anual ordinaria no usufructuada. Jubilación. Caducidad de la acción
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que rechazó la excepción de caducidad de la acción e hizo lugar al recurso facultativo, condenando al Estado Provincial a que liquide y pague a la actora la licencia anual ordinaria no usufructuada por razones de servicio.
En la ciudad de Corrientes, a los veinticuatro (24) días del mes de agosto de dos mil diecisiete, encontrándose reunidas en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Electoral, la Señora Presidente Doctora MARÍA HERMINIA PUIG, las Señoras Vocales Titulares Doctoras MARTHA HELIA ALTABE DE LÉRTORA y NIDIA ALICIA BILLINGHURST DE BRAUN asistidas por la Secretaria Autorizante, tomaron en consideración el juicio caratulado: «BARRETO ELENA C/ ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES (MINISTERIO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA) S/ RECURSO FACULTATIVO», EXPEDIENTE N° CAX 1264/13 venidos a conocimiento de la Alzada en virtud del recurso interpuesto a fs. 197/201 por el Estado Provincial, contra el Fallo N° 10 de fecha 21.03.2016, dictado por la Sra. Jueza Titular del Juzgado Contencioso Administrativo N° 2 de esta ciudad.
Practicado oportunamente el sorteo, a fin de establecer el orden de votación, resultó el siguiente: Doctora MARTHA HELIA ALTABE DE LERTORA (en primer término) y Doctora MARIA HERMINIA PUIG (en segundo término), todo ello, según acta de sorteo que obra a fs. 221.
A continuación, la Señora Vocal Doctora MARTHA HELIA ALTABE DE LÉRTORA formula la siguiente:
RELACION DE LA CAUSA
Como la practicada por la Sra. Titular del Juzgado Contencioso Administrativo N° 2, se ajusta a las constancias de autos, a ella me remito a fin de evitar repeticiones.
Contra la Sentencia Nº 10 de fecha 21.03.2016 dictada por la Sra. Jueza de Primera Instancia que en sus partes dispositiva expresa: «1°) RECHAZAR la excepción dePara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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