Mis documentos    Documentos Relacionados   

01/04/2003

LEY 9661

CONTRATO DE TRABAJO

Trabajo de Menores

Menores. Violación de disposiciones laborales. Sanción. Agencias de colocaciones. Cobro de comisiones indebidas. Multa. Determinación

sanc. 25/8/1915; promul. 28/8/1915; publ. 7/9/1915

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.– Incurrirá en una multa de veinte pesos, el padre, tutor, encargado o representante legal de un menor que por medio de informaciones inexactas, induzca a un empresario o patrón a tomarlo en el trabajo con violación de las disposiciones de la ley 5291 .

Art. 2.– Cuando en el cumplimiento de las disposiciones del art. 5 de la ley 8999, el Departamento Nacional del Trabajo constate que una agencia de colocaciones ha engañado o inducido en error a un obrero, ya sea indicándole un salario distinto o una distinta jornada de trabajo o un trabajo diverso del que realmente ha de ejecutar, o en sitio o en condiciones distintas de las indicadas, el empresario de la agencia incurrirá en una multa de veinte a cincuenta pesos y restituirá la comisión percibida. Cuando la colocación proporcionada por el dueño de la agencia no durase sino tres dí­as por causa no imputable al obrero, el empresario devolverá la comisión cobrada.

Art. 3.– Es prohibido a las agencias de colocaciones el cobro anticipado de comisiones, bajo pena de multa del duplo de la suma cobrada por ese concepto. Los patrones que contraten por intermedio de estas agencias, garantizan el pago de la comisión convenida con los salarios ganados por los obreros.

Art. 3 bis.– (Incorporado por ley 12102, art. 1 ) La colocación de los oficiales maquinistas y hombres de la tripulación de los buques que realice la navegación marí­tima, no podrá ser objeto de lucro por parte de ninguna persona, sociedad o empresa. Ninguna operación de colocación de las personas citadas podrá dar lugar al pago de remuneración por las mismas. Toda infracción a estas disposiciones dará lugar a una multa de veinte a cincuenta pesos por persona, que deberá pagar el dueño o empresario de la agencia que haya cometido, y se doblará en caso de reincidencia después de una primer condena.

Art. 4.– Los dueños de agencias de colocaciones y todos los que intervinieren o facilitaren negociaciones fraudulentas para el cobro de comisiones indebidas por contrato de trabajo, sin perjuicio de la pena que les corresponde como autores o cómplices del delito de estafa, incurrirán en una multa del cuádruple de las sumas cobradas indebidamente.

Art. 5.– En los casos de reiteración de las faltas, se acumularán las penas considerándose cada dí­a de infracción como una nueva falta.

Art. 6.– En caso de reincidencia en los doce meses siguientes, a contar desde la fecha de la condenación anterior, la pena será doble.

Art. 7.– (*) El importe de las multas que se hicieren efectivas por infracciones a las leyes del trabajo, se destinará: el noventa por ciento para la formación de un fondo de previsión obrera y mejora de los servicios del Departamento Nacional del Trabajo. El Poder Ejecutivo reglamentará la distribución de estos fondos. El diez por ciento restante el Departamento Nacional del Trabajo lo distribuirá entre los inspectores, proporcionalmente a la importancia de las infracciones que hubiesen constatado.

(*) El art. 9 de la ley 11584 establece: “Del importe de las multas por infracción a las leyes del trabajo, deducido el porcentaje a que se refiere el art. 7 de la ley 9661, destí­nase el 50% de las multas fijado en ella al Departamento Nacional del Trabajo, para que se impute a los fines establecidos en las leyes y decretos vigentes. Se excluyen de esta disposición las multas especialmente afectadas a otros destinos por las respectivas leyes del trabajo”. Ver además ley 20767, art. 1 .

Art. 8.– Las multas a que se refieren los artí­culos precedentes, se harán efectivas por igual procedimiento que el fijado para las contenidas en las leyes 4661 y 5291 .

Art. 9.– Comuní­quese al Poder Ejecutivo.

Villanueva – Carbó – Labougle – Bonorino

 

[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.

HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA

Plan Básico

Consulte online  más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo  del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.

Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.

Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.

Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.

Mensual Plan Básico
$12900 por mes
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
 
 
Semestral Plan Básico
$28980 30% de ahorro
único pago por 6 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia
Anual Plan Básico
$29700 - $25245 con transferencia PROMO 50% OFF
único pago por 12 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia

Plan Premium

Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.

Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.

Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.

Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.

Mensual Plan Premium
$15900 por mes
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
*Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral Plan Premium
$41580 30% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
Anual Plan Premium
$59400 50% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés

Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.

Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *