Mis documentos Documentos Relacionados
DECRETO 572/1994
MARINA MERCANTE
Personal embarcado de la marina mercante. Reglamento de formación y capacitación. Aprobación
del 20/4/1994; publ. 11/5/1994
Visto el expte. 3024/93 del registro de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, lo dispuesto por el art. 16 del decreto 817 del 26 de mayo de 1992 y las leyes 22392 sobre el Régimen de Formación y Capacitación del Personal Embarcado de la Marina Mercante y 22608 aprobatoria del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, y
Considerando:
Que el decreto 817/1992 , ordena la elaboración de un nuevo proyecto de Reglamento de Formación y Capacitación para el Personal Embarcado de la Marina Mercante proponiendo un sistema de instrucción y promoción adecuado para la obtención de títulos que acrediten la idoneidad exigida para desempeñar empleos a bordo de buques de bandera nacional.
Que resulta necesario reformular el sistema de titulación del personal embarcado a fin de adecuarlo a los cambios tecnológicos operados en los buques y artefactos navales y a los requerimientos de empleo y nivel de calificación que las nuevas condiciones de funcionamiento de la actividad demandan.
Que el proyecto debe encuadrarse en el contexto de las políticas de privatización y desregulación puestas en marcha por el Gobierno nacional.
Que el proyecto elaborado se ajusta a los condicionamientos expresados, toda vez que se desmonopoliza la instrucción y capacitación del personal embarcado al proponer un sistema abierto de formación en el que coexisten las escuelas públicas nacionales, provinciales y municipales y privadas y se simplifica la estructura de titulación mediante la eliminación de niveles de promoción que en el presente resultan innecesarios para la actividad.
Que la propuesta formulada incorpora una flexibilización de los requisitos de nacionalidad, de transferencia entre las carreras de ultramar, fluvial y pesca, y para el ingreso de graduados universitarios, entre otras, que se ajusta a las condiciones actuales de funcionamiento del mercado laboral.
Que el proyecto propuesto prevé el régimen de transición de los títulos, patentes y certificados del Refocapemm aprobado por decreto 476 del 17 de marzo de 1981 hacia la nueva estructura de titulación definida en el presente reglamento.
Que el proyecto tratado contempla la competencia de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos como autoridad de aplicación del citado reglamento, habilitándola para dictar las normas complementarias e interpretativas del mismo.
Que el nuevo régimen se designa como: “Reglamento de formación y capacitación del personal embarcado de la marina mercante”, en función a la materia y objetivos que trata.
Que el presente se dicta en uso de las facultades que surgen de los incs. 1) y 2) del art. 86 de la Constitución Nacional y el art. 10 de la ley 23696.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Apruébase el Reglamento de formación y capacitación del personal embarcado de la marina mercante que, como anexos I y II, integra el presente decreto.
Art. 2.– La autoridad de aplicación, interpretación y reglamentación del Reglamento de formación y capacitación del personal embarcado de la marina mercante será la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Art. 3.– El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4.– Comuníquese, etc.
Menem – Cavallo – Camillión
Anexo I
CAPÍTULO 1:
DISPOSICIONES GENERALES
1.1. AUTORIDAD DE APLICACIÓN
La Secretaría de Transporte será la autoridad de aplicación del presente reglamento y dictará las normas complementarias y de interpretación, quedando expresamente facultada para determinar en cada caso el alcance de las normas contenidas en el mismo.
1.2. SISTEMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN
La Secretaría de Transporte supervisará el sistema de formación y capacitación del personal embarcado en la Marina Mercante Argentina, siendo la Armada Argentina la autoridad competente en la administración y ejecución del referido sistema. Asimismo el citado organismo asesorará a la autoridad de aplicación en todo lo relativo a dicho sistema. La formación y capacitación del personal embarcado de la Marina Mercante podrá lograrse por los siguientes medios:
1. A través de los institutos de formación y capacitación.
2. A través de los cursos y exámenes o el reconocimiento de materias que para cada caso se determine cuando el postulante haya adquirido conocimientos afines con las exigencias relativas a la formación y capacitación del personal embarcado de la Marina Mercante.
3. A través del aprendizaje directo a bordo de buques y artefactos navales, para el caso de los aprendices.
1.3. ESCUELAS
1. Las escuelas de formación y capacitación podrán ser nacionales, provinciales, municipalesPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


