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DECRETO 898/2005
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PúBLICOS
Organización y Competencias. Estructura orgánica
Estructura organizativa. Aprobación
del 21/7/2005; publ. 28/7/2005
Visto el expte. 251.390/05 del registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía y Producción; los decretos 618 del 10 de julio de 1997; 646 del 11 de julio de 1997, modificado por los decretos 62 del 29 de enero de 1999, 1231 del 2 de octubre de 2001 y 1647 del 13 de diciembre de 2001 y el decreto 1399 del 4 de noviembre de 2001, y
Considerando:
Que mediante el decreto 618 del 10 de julio de 1997 se establecieron las normas de funcionamiento, las facultades y la conformación de la Administración Federal de Ingresos Públicos como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía y Producción, contemplándose que, además de los directores generales, secundarán al administrador federal, subdirectores generales, cuyo número y competencia serán determinados por el Poder Ejecutivo nacional.
Que el decreto 646 del 11 de julio de 1997, modificado por sus similares 62 del 29 de enero de 1999, 1231 del 2 de octubre de 2001 y 1647 del 13 de diciembre de 2001, estableció la estructura organizativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos, hasta el nivel de subdirección general.
Que, por su parte, la Administración Federal de Ingresos Públicos se encuentra incluida en el régimen establecido para los entes enumerados en el inc. c) del art. 8 de la ley 24156, de acuerdo a la sustitución producida por el art. 70 de la ley 25565, con la consecuente autarquía financiera y de gestión, otorgándosele, entre otras facultades, la de determinar su planta de personal, y la distribución y asignación de dotaciones a las distintas unidades del organismo.
Que el período transcurrido desde la creación de la Administración Federal de Ingresos Públicos ha permitido su consolidación como agencia única a cargo del control del comercio exterior y de la recaudación, fiscalización y percepción de los recursos tributarios provenientes de los impuestos internos y los de la seguridad social.
Que el plan de gestión anual establecido por la Jefatura de Gabinete de Ministros, fija metas anuales y objetivos estratégicos que la citada Administración Federal debe cumplir en el mediano y largo plazo, cuyo logro requiere contar con una organización funcional acorde con las líneas de acción previstas.
Que, en tal sentido, se plantea que la Administración Tributaria debe constituir un pilar importante para la sustentabilidad económica del Estado, como resultado de su accionar en la lucha contra la economía ilegal y la consecuente competencia desleal, disminuyendo sensiblemente los niveles de evasión y contrabando y mejorando correlativamente el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y la conciencia ciudadana vinculada al rol de los impuestos en una comunidad organizada.
Que, para ello, debe incorporar nuevas funcionalidades que le permitan responder a las exigencias del contexto económico y social, con la consecuente adaptación de su organización interna.
Que a nivel de las Subdirecciones Generales, esas modificaciones deben ser aprobadas por el Poder Ejecutivo nacional, por lo que procede disponer respecto de la propuesta que se formula y que comprende tanto a las que dependen en forma directa de la Administración Federal como a las dependientes de las Direcciones Generales Impositiva, de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad Social.
Que como resultado de la evaluación practicada, se propicia la creación de nuevas subdirecciones generales y la supresión o cambioPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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