Mis documentos    Documentos Relacionados   

DECRETO 951/1999

EMPLEO

Promoción y Protección del Empleo

Empresas de servicios eventuales. Habilitación, inscripción y funcionamiento. Garantí­as. Modificación

del 30/8/1999; publ. 2/9/1999

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.- Modifí­case el art. 14 del D 342/92, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Art. 14.- Las empresas de servicios eventuales deberán gestionar su habilitación por ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a los fines de obtener su inscripción en el registro pertinente.

Serán requisitos indispensables los siguientes:

a) Incluir en su denominación social la expresión “Empresa de Servicios Eventuales”;

b) Tener como mí­nimo un capital social inicial de pesos ciento cuarenta mil ($ 140.000);

c) Agregar los documentos constitutivos y copias de las actas de directorio designando administradores, directores o gerentes cuando así­ lo exigiere el tipo social;

d) Declaración de las áreas geográficas dentro de las que se proveerá trabajadores a las empresas usuarias, así­ como, informar el domicilio de la sede central, locales, oficinas o sucursales;

e) Acreditar las inscripciones impositivas y de seguridad social;

f) Acreditar la contratación de seguro de vida obligatorio;

g) Constituir la garantí­a a la que se refiere el art. 78 de la L 24013;

h) Constituir domicilio en la sede de su administración a los efectos legales entre las partes y la autoridad de aplicación.

Cualquier cambio o modificación de los precitados requisitos así­ como también la apertura de nuevos locales, oficinas, agencias o sucursales, deberán ser comunicados a la autoridad de aplicación con una antelación de diez (10) dí­as hábiles a su realización.

Art. 2.- Modifí­case el inc. b) del art. 16 del D 342/92, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Art. 16.-

b) Las empresas de servicios eventuales que no cumplieran efectivamente, en tiempo y forma, con las obligaciones establecidas en este decreto, serán pasibles de una multa en pesos que se graduará entre el uno por ciento (1%) y el cuatro por ciento (4%) de la garantí­a que debiera tener constituida en dicho momento.

La empresa de servicios eventuales que no tuviera constituida su garantí­a en legal forma será suspendida en forma inmediata. Si no lo hiciere dentro de los quince (15) dí­as subsiguientes se cancelará su habilitación.

Sin perjuicio de la multa referida, la empresa de servicios eventuales deberá cumplimentar la exigencia de capital mí­nimo requerido por este decreto dentro de los quince (15) dí­as de intimidad por la autoridad de contralor.

Transcurrido dicho plazo sin que la empresa de servicios eventuales cumplimentara lo requerido, se la sancionará con la pérdida de la habilitación administrativa y la cancelación de la inscripción en el registro especial.

Art. 3.- Modifí­case el art. 18 del D 342/92, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Art. 18.- Al momento de solicitarse la inscripción en el registro especial las empresas de servicios eventuales deberán constituir a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las siguientes garantí­as:

1) Garantí­a principal: depósito en caución de efectivo, valores o tí­tulos públicos nacionales equivalente a cien (100) sueldos básicos del personal administrativo, clase A, del Convenio Colectivo de Trabajo, para empleados de comercio (CCT. 130/75 o el que lo reemplace), vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la jornada legal o convencional excluida la antigí¼edad.

La equivalencia de los tí­tulos o valores se determinará según el valor de la cotización en Bolsa de los tí­tulos a la época de constituirse la garantí­a, el que será certificado por el Banco de la Nación Argentina, donde deberá efectuarse el depósito.

El Estado no abonará intereses por los depósitos en garantí­a. Los que devengaren los tí­tulos o valores integrarán la caución.

2) Garantí­a accesoria: además del depósito en caución, las empresas de servicios eventuales deberán otorgar, a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, una garantí­a por una suma equivalente al triple de la que surja del inc. 1) del presente artí­culo.

Esta garantí­a se otorgará, a elección de la empresa de servicios eventuales, a través de los siguientes medios:

a) Valores o tí­tulos públicos nacionales,

b) Aval bancario o garantí­a real a satisfacción del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

3) La garantí­a principal establecida en el inc. 1) de este artí­culo, deberá ajustarse antes del 31 de marzo de cada año, a un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del total de las remuneraciones brutas abonadas por la empresa de servicios eventuales a sus dependientes en el año inmediato anterior.

El monto de la garantí­a principal no podrá en ningún caso ser inferior a la determinación en el inc. 1).

4) La diferencia que pudiere surgir de la aplicación del inc. 3) deberá integrarse en efectivo, valores o tí­tulos públicos nacionales, en la fecha indicada en el mencionado inciso.

Si resultare un valor inferior al determinado en el ejercicio anterior, el excedente en depósito será de libre disponibilidad para la empresa de servicios eventuales. En tal supuesto, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con posterioridad al 31 de marzo, autorizará el retiro de la diferencia que correspondiere entre el último ejercicio y el anterior, una vez cumplimentado en tiempo y forma el reajuste anual y los demás requisitos exigibles.

Art. 4.- Comuní­quese, etc.

MENEM – RODRÍGUEZ – URIBURU.

 

Referencias: L 24013: 199-C-2895 – D 342/92: 19-A-202.

 

[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.

HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA

Plan Básico

Consulte online  más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo  del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.

Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.

Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.

Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.

Mensual Plan Básico
$12900 por mes
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
 
 
Semestral Plan Básico
$28980 30% de ahorro
único pago por 6 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia
Anual Plan Básico
$29700 - $25245 con transferencia PROMO 50% OFF
único pago por 12 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia

Plan Premium

Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.

Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.

Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.

Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.

Mensual Plan Premium
$15900 por mes
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
*Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral Plan Premium
$41580 30% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
Anual Plan Premium
$59400 50% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés

Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.

Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *