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MINISTERIO DEL INTERIOR
Decreto 1787/2008
Apruébase la estructura organizativa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Bs. As., 5/11/2008
VISTO el Expediente Nº S02:0005246/2008 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Leyes Nº 26.337 —aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2008— y Nº 26.363, el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y del privado.
Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL tiene como misión la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacionales e internacionales.
Que resulta pertinente dotar a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), de una estructura organizativa que le permita alcanzar los objetivos de su creación, así como el óptimo ejercicio, en tiempo real, de las competencias asignadas y de la constante interrelación que deberá mantener con los distintos organismos con competencias afines en todo el territorio nacional.
Que para ello, y en virtud de lo establecido por el artículo 6º de la Ley Nº 26.337, resulta menester efectuar una compensación de cargos. Asimismo, el artículo 7º de dicha ley dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y en los artículos 6º y 10 de la Ley Nº 26.337.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo con el Organigrama, Objetivos y Responsabilidad Primaria y Acciones,Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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