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Decreto 103/2010

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Dase por aprobada una designación en el Archivo Nacional de la Memoria.

Bs. As., 20/1/2010

VISTO el Expediente Nº 185.429/09 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.546, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2010.

Que por el artí­culo 7º de la Ley Nº 26.546 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artí­culo 10 de esa misma ley.

Que el señor Secretario de Derechos Humanos del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria de un cargo Nivel B, Responsable de Prensa y Comunicación del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA de la citada Secretarí­a ministerial.

Que para ello, resulta necesario crear un cargo en el ámbito del citado ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, procediendo a tal efecto, a efectuar una compensación a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artí­culo 6º de la Ley Nº 26.546.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo establecido por el artí­culo 7º de la Ley Nº 26.546 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mí­nimos establecidos en el artí­culo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artí­culo 6º del Decreto Nº 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurí­dico del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artí­culo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artí­culos 6º, 7º y 10 de la Ley Nº 26.546, como así­ también en función de lo dispuesto por el artí­culo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artí­culo 1º — Modifí­case la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —Recursos Humanos— en la parte correspondiente a la Jurisdicción 40 – MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS para el ejercicio 2010, de acuerdo al detalle obrante en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2º — Desí­gnase transitoriamente, a partir de la fecha del presente acto y por el término de CIENTO OCHENTA (180) dí­as hábiles, en el cargo Nivel B que se crea por el artí­culo precedente, a la persona que se detalla en el Anexo II, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artí­culo 7º de la Ley Nº 26.546 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mí­nimos establecidos en el artí­culo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Art. 3º — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artí­culo 120 y en el Tí­tulo II, Capí­tulos III y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) dí­as hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 – MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 5º — Comuní­quese, publí­quese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí­vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aní­bal D. Fernández. — Julio C. Alak.

ANEXO I

JURISDICCION 40

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

PROGRAMA 26

PROMOCION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS

ACTIVIDAD 02

CUSTODIA DEL ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA

RECURSOS HUMANOS DE LA ACTIVIDAD 02

 

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