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JURISPRUDENCIAAccidente de tránsito. Rubros indemnizatorios
Se modifica el monto de condena y se confirma el resto de la sentencia que hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.
En la Ciudad de Morón, Provincia de Buenos Aires, el 11 de Julio de 2019, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los Señores Jueces de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Morón, Doctores Jose Luis Gallo y Liliana Graciela Ludueña, para pronunciar sentencia definitiva en los autos caratulados: «PELLEGRINI RICARDO ALBERTO C/ ARIAS LUIS ALBERTO Y OTROS S(N6)/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)» , Causa Nº MO-39747-2012, habiéndose practicado el sorteo pertinente -arts. 168 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires- resultó que debía observarse el siguiente orden: GALLO-LUDUEÑA, habiéndose dispuesto a fs. 429 la integración del Dr. Eugenio Alberto Rojas Molina atento a la disidencia allí manifestada, resolviéndose, plantear y votar las siguientes:
CUESTIONES
1° ¿Corresponde reanudar el llamamiento de autos para sentencia suspendido a fs. 429?
2° ¿Es ajustada a derecho la sentencia apelada?
VOTACION
A LA PRIMERA CUESTION: el señor juez doctor GALLO, dijo:
Habiendo quedado integrada la Sala conforme lo dispuesto a fs. 429 y consintiéndose dicha integración, quedan los autos en estado de volver al Acuerdo para dictar sentencia definitiva, sin necesidad de dictar un interlocutorio de reanudación y aguardar a que quede consentido, teniendo en cuenta el motivo por el cual el llamamiento fue suspendido, el hecho de que no se han incorporado al proceso nuevos elementos y en virtud de elementales razones de concentración y economía procesal.-
Por ello, propongo que se reanude el llamado de «autos para sentencia» suspendido y, en este mismo acto, se pronuncie la pertinente decisión.-
Consecuentemente, a la cuestión propuesta voto por
LA AFIRMATIVA
A la misma cuestión, y por idénticos fundamentos, los Sres. Jueces Dres. LUDUEÑA y ROJAS MOLINA adhieren votando en el mismo sentido.-
A LA SEGUNDA CUESTION PROPUESTA EL SEÑOR JUEZ DOCTOR GALLO, dijo:
I.- Antecedentes
1) El Sr. Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nro. 7 Departamental a fs. 401/410dictó sentencia, en la cual decidió: a) Admitir la demanda incoada por Ricardo Alberto Pellegrini,Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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