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JURISPRUDENCIAContrato de agencia. Telefonía móvil. Prescripción. Encuadre normativo. Valor llave. Concurso preventivo
Se declara prescripta la acción tendiente al cobro de comisiones intentada por la actora, con motivo del contrato de agencia destinado a la promoción de servicios de telefonía móvil. Ello así, en la medida que tal acción no está aprehendida por la prescripción decenal contemplada por el artículo 846 del Código de Comercial, sin que quepa concluir otra cosa con base en la ponderación separada de las distintas operaciones de promoción realizadas por el agente, y que justificaron el devengamiento de las comisiones, pues la causa de las retribuciones es siempre el contrato mismo de agencia ya que de él deriva la obligación de pagarlas.
En Buenos Aires, a 1° de septiembre de 2016, se reúnen los Señores Jueces de la Sala D de la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal, con el autorizante, para dictar sentencia en la causa «CELLULARNET S.A. c/ TELECOM PERSONAL S.A. s/ORDINARIO», registro n° 38520/2008, procedente del JUZGADO N° 14 del fuero (SECRETARIA N° 27), en los cuales como consecuencia del sorteo practicado de acuerdo con lo previsto por el art. 268 del Código Procesal, resultó que debían votar en el siguiente orden, Doctores: Dieuzeide, Heredia, Vassallo.
Estudiados los autos la Cámara planteó la siguiente cuestión a resolver:
¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada?
A la cuestión propuesta, el Señor Juez de Cámara, doctor Heredia dijo:
1º) La presente causa fue sorteada al juez Juan José Dieuzeide para que la votara en primer lugar (art. 268 del Código Procesal).
El citado magistrado se acogió a los beneficios de la jubilación, sin haber pronunciado su voto.
En esas condiciones, habiéndose producido una situación de vacancia, el suscripto asume el dictado de la primera ponencia de conformidad con lo previsto en el art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional.
2º) La sentencia de primera instancia, dictada a fs. 1143/1160, acogió parcialmente la demanda promovida por Cellularnet S.A. contra Telecom Personal S.A. condenando a esta última a pagarle a la primera la suma de $ 373.108,56 más intereses y costas.
El fallo tuvo por acreditado que actora y demandada estuvieron ligadas por un contrato de agencia destinado a la promoción de servicios de telefonía móvil y, en ese marco, resolvió en cuanto interesa: I) que a contrario de lo planteado por la demandada no se hallaba prescripto el reclamo de Cellularnet S.A. para recuperar el montoPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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