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DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021
JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Indemnización
En el marco de un juicio por daños y perjuicios, se resuelve hacer lugar a la pretensión contenida en la demanda y en consecuencia condenar a los demandados por el capital adeudado con más los intereses calculados a la tasa del 5% anual desde la fecha del hecho y hasta la de la presente resolución, y de allí en adelante hasta el efectivo pago a la tasa a la tasa promedio que publica el Banco Central de la República Argentina en materia de préstamos personales, según la variación correspondiente a los diversos tramos temporales en que se vayan devengando.
En Mendoza, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil diecisiete reunidos en la Sala de Acuerdos, los Sres. Jueces de esta Excma. Tercera Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas de Paz y Tributario, trajeron a deliberar para resolver en definitiva los autos N° 183859/52242 «Azcurra, Doraliza c/ Willca Juan Ramón y ots. p/ d y p (con excep.contr. alq.)» originarios del Decimo Séptimo Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Primera Circunscripción Judicial, venidos a esta instancia en virtud de los recursos de apelación interpuestos a fs. 613 por la parte demandada, a fs. 615 por Fiscalía de Estado y a fs.617 por la aseguradora citada en garantía contra la sentencia de fs. 601/612.
Llegados los autos al Tribunal se ordenó expresar agravios a los apelantes lo que se llevó a cabo a fs. 638/641 por parte de la Empresa Provincial de Transportes de Mendoza, a fs. 643/644 por Fiscalía de Estado y a fs. 647/651 por parte de la citada en garantía.
Corrido traslado de los fundamentos de los recursos interpuestos a la contraparte, contesta a fs. 653/659 la parte actora.
A fs. 664 dictamina el Sr. Fiscal de Cámaras, con lo que queda la causa en estado de resolver.
Practicado el sorteo de ley quedó establecido el siguiente orden de estudio: Dres. Mastrascusa, Márquez Lamená, Colotto.
En cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 160 de la Constitución Provincial y 141 del CPC, se plantearon las siguientes cuestiones a resolver:
PRIMERA CUESTIÓN:
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