Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAExtinción de la acción penal. Cumplimiento de la probation
Se declara extinguida la acción penal y se sobresee al causante en relación al hecho investigado, por haber dado cumplimiento a las tareas convenidas para la suspensión del juicio a prueba, y no haber cometido delito alguno durante el lapso fijado por el Tribunal.
Neuquén, 19 de mayo de 2015.-
AUTOS y VISTOS:
Las presentes actuaciones caratuladas «S., E. R. s/tenencia simple», Expte. N° FGR 83000861/2012/t01 del registro de éste Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, puestos a despacho para resolver la situación procesal del encartado, E. R. S., D.N.I n° … y ;
CONSIDERANDO:
1. Que, ante todo y como sostiene inveterada jurisprudencia de nuestro Máximo Tribunal Judicial, cabe señalar que el examen de la subsistencia de la acción penal resulta previo a cualquier otro planteo, toda vez que su extinción constituye una cuestión de orden público, que opera de pleno derecho y debe ser declarada de oficio (Fallos: 305:652; 327:4633, entre otros), principio «mutatis mutandis» aplicable al sub-examine.
Situación procesal de E. R. S.:
2. En las presentes actuaciones, mediante Sentencia n° 51/2013 de fecha 18 de noviembre de 2.013 glosada a fs. 227/232, éste cuerpo colegiado falló suspendiendo el juicio a prueba durante el plazo de un año, respecto de E. R. S., en los términos del art. 76 bis y cctes. del Código Penal de la Nación.
3. Durante dicho lapso, el nombrado debía acreditar la prestación de servicios en forma gratuita por un total de cuarenta (40) horas en la «Sociedad de Fomento Villa Angélica» de la localidad bonaerense de Florencio Varela, entre otras obligaciones impuestas.
4. Que, conforme surge del informe final remitido por el Patronato de Liberados de Florencio Varela de fojas 296, el incusa ha dado cabal cumplimiento a las tareas convenidas y restantes obligaciones impuestas de conformidad a los puntos b] y c] del acápite segundo del citado resolutorio referenciado conforme numeral 2. Se aprecia asimismo adunado a fojas 225 el respectivo comprobante de pago de la multa en su monto estipulado en Sentencia, de consuno a la normativa dispuesta en el art. 76 bis, 5° párrafo del C.P.-
5. Sentado lo precedentemente expuesto y no habiendo cometido delito alguno durante el lapso fijado por el Tribunal conforme fuera informado por el Registro Nacional de Reincidencia a fojas 299/302, los suscriptos entendemos que en mérito de lo prescripto en el cuarto párrafo del art. 76 ter del código sustantivo, corresponderá decretar la extinción de la acción penal, y consecuentemente, el sobreseimiento de la causante en los términos del art. 336 inc. 1° del C.P.P.N.-
6. El material estupefaciente secuestrado será destruido con intervención de la «Delegación Sanitaria Federal», debiendo el Sr. Secretario oficiar y coordinar tal cometido (artículo 30, ley 23.737; ley 24.112).
7. Finalmente y atento a la índole de lo resuelto, se dejará sin efecto y se levantará la inhibición general de bienes que pesa sobre el encartado dispuesta por el Magistrado instructor conforme constancias de fojas 162.-
8. Por lo expuesto en los acápites que preceden, de consuno con la normativa legal y jurisprudencia citada, el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE NEUQUÉN;
RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL y en consecuencia SOBRESEER a E. R. S., D.N.I n° … , de demás condiciones personales obrantes en autos, en relación al hecho investigado atento lo dispuesto por los arts. 76 ter -4° párrafo- del C.P. y 336 inc. 1° del CPPN, concordantes y afines.-
SEGUNDO: DISPONER la destrucción del material estupefaciente secuestrado en autos, a cuyo fin encomendase la diligencia a la Delegación Sanitaria Federal, debiendo el Sr. Secretario oficiar y coordinar tal cometido (artículo 30 ley 23.737, modificada por ley 24.112).-
TERCERO: DEJAR sin efecto y levantar la inhibición general de bienes que pesa sobre el encartado dispuesta por el Magistrado instructor conforme constancias de fojas 162 debiendo el Sr. Secretario librar el pertinente oficio.-
CUARTO: Regístrese, notifíquese, comuníquese, cúmplase y previa vista Fiscal, ARCHÍVESE.-
FDO. GROSSO. COSCIA. KROM
Ante mí: CERRUTI.
En ______ de mayo de 2015, se remite el legajo a la Fiscalía General. CONSTE.-
En ______ de mayo de 2015, se remite el legajo a la Defensoría General. CONSTE.-
F. R., M. C. s/infracción ley 23737 (art. 5 inc. ‘e’) – Trib. Oral Crim. Fed. – Neuquén – 02/02/2015
001821E
[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


