Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAPrescripción de la acción penal. Derecho a ser juzgado en un plazo razonable
Se hace lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa y se declara la extinción de la acción penal, por no haber actuado el Estado con la diligencia necesaria para juzgar al imputado en un lapso que garantice la efectiva vigencia de lo prescripto por los artículos 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.3.c) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de mayo del año dos mil quince, se reúne la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal integrada por los señores jueces Pablo Jantus, María Laura Garrigós de Rébori y Horacio L. Dias, asistidos por la secretaria actuante Paola Dropulich, a efectos de resolver el recurso de casación interpuesto en la causa CCC 58375/2014/TO1/1/CNC1, caratulada «Julián, Carlos Alberto s/ defraudación por administración fraudulenta en concurso real con malversación de caudales equiparados públicos – incidente de prescripción de la acción penal», de la que RESULTA:
I. Que el Tribunal Oral en lo Criminal N° 6 resolvió, el 9 de marzo de 2015, rechazar el planteo de extinción de la acción penal por prescripción formulado en favor de Carlos Alberto Julián (fs. 13/18).
Para resolver en el sentido indicado el a quo señaló, en primer lugar, que la aplicación de la letra actual del art. 67 del C.P. es la más favorable para el imputado, ya que con la reforma introducida por la ley n° 25990 se establecieron los actos con entidad suficiente para interrumpir el plazo de la prescripción y se superó la discusión en torno a la interpretación del vago concepto de secuela de juicio. En esa línea, se sostuvo que debe reputarse como último acto relevante a los fines de este instituto el auto de citación a juicio (art. 354 del C.P.), de fecha 6 de abril de 2009, y concluyó que no transcurrió desde entonces el lapso estipulado para los delitos atribuidos a Julián.
En segundo lugar, con relación al plazo razonable, mencionó el Tribunal que la duración del proceso, aunque prolongada, no fue desproporcionada ni obedeció a dilaciones indebidas, ponderando en concreto los cuatro años que demandó la instrucción, la cantidad de personas imputadas y hechos investigados, el planteo de nulidad efectuado por otro de los procesados ante esa sede y la prioridad de juzgamiento de otros casos más urgentes.
II. Contra esa resolución, el defensor oficial interpuso recurso de casación (fs. 22/41), que fue concedido a fs. 42/44.
El recurrente, agraviándose por errónea aplicación de los arts. 62 y 67 del C.P. (cf. art. 456, inciso 1°, del C.P.P.N.) y violación del derecho constitucional a ser juzgado en plazo razonable, argumentó que la dilación del proceso en las dos instancias fue palmaria, no justificada ni atribuible al imputado. Sostuvo que en virtud del principio de ley penal más benigna debía aplicarse el art. 67 citado conforme su redacción anterior, que mencionaba que el plazo de la prescripción se interrumpía por la llamada secuela de juicio, citando fallos que establecieron que sólo la sentencia condenatoria revestía ese carácter.
Asimismo, invocó el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, con cita de los arts. 14.3.c del P.I.D.C.P. y 7.5 y 8.1 de la CA.D.H., del principio de inocencia y del precedente de la Corte I.D.H. «Bayarri vs. Argentina».
Hizo reserva del caso federal y peticionó, en definitiva, que se sobresea al imputado, por extinción de la acción penal por prescripción o por violación al derecho a obtener un pronunciamiento que ponga fin al proceso en un plazo razonable.
III. Radicadas las actuaciones ante esta Cámara, se llevó a cabo la audiencia prevista en el art. 454, en funciónPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


