Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAVeteranos de la Guerra de Malvinas. Pensión honorífica para veteranos de guerra. Improcedencia
Se revoca la sentencia que había otorgado a los actores el derecho a la pensión honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur, pues por criterio mayoritario se interpretó que los actores no probaron su participación activa y directa dentro del conflicto armado en la guerra de Malvinas.
En la ciudad de Córdoba, a treinta días del mes de octubre del año dos mil quince, reunidos en Acuerdo de Sala «A» de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: «ALBORNOZ OSCAR IGNACIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE DEFENSA s/CIVIL y COMERCIAL-VARIOS» (Expte.: 21010005/2012), venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por el Estado Nacional – Ministerio de Defensa (fs. 129) en contra de la Resolución dictada con fecha 10 de noviembre de 2014 (fs. 120/128vta.) por el Sr. Juez del Juzgado Federal N° 2 de Córdoba.-
Puestos los autos a resolución de la Sala, los señores Jueces emiten su voto en el siguiente orden: EDUARDO AVALOS- IGNACIO MARIA VELEZ FUNES- GRACIELA S. MONTESI.-
El señor Juez de Cámara, doctor Eduardo Ávalos dijo:
I.- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por el Estado Nacional – Ministerio de Defensa (fs. 129) en contra de la Resolución dictada con fecha 10 de noviembre de 2014 (fs. 120/128vta.) por el Sr. Juez del Juzgado Federal N° 2 de Córdoba, mediante la cual se hizo lugar a la demanda incoada por los actores y se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 24.892 en su aplicación al presente caso, reconociendo asimismo el derecho de los actores a ser incluidos dentro de la referida ley como veteranos de guerra y ordenando al Ministerio de Defensa – Departamento de Veteranos a fin de que dentro de los veinte días de quedar firme la sentencia expidan los certificados correspondientes a los mismos para que puedan tramitar el beneficio de «Pensión Honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur» y quedar comprendidos dentro de los beneficiarios de la Ley 23.848. Asimismo, ordena el pago del retroactivo del beneficio reconocido, desde la fecha de presentación de la demanda. Se imponen las costas de la instancia al Estado Nacional (conf. arts. 68 y 69 del C.P.C.C.N.), regulándose los honorarios de los Dres. Santiago F. Castellanos y Jorge A. Sársfield, apoderados de los actores en la suma de Pesos … ($…).-
II.- La recurrente expresa agravios mediante escrito agregado a fs. 136/142vta. de autos. Afirma que la resolución cuestionada le ocasiona a su representada un agravio irreparable toda vez que importa el desconocimiento del derecho vigente y de normas de carácter constitucional. Sostiene que de la prueba producida en autos no se logró acreditar los extremos exigidos para el otorgamiento del beneficio pretendido, en consecuencia yerra la sentencia al declarar el derecho de los actores a ser reconocidos como veteranos de guerra toda vez que los mismos estuvieron en la ciudad de Río Gallegos y no tuvieron participación activa en combate alguno. Surge con claridad que la voluntad del legislador fue reconocer el desempeño en defensa de la patria, en especial soldados, conscriptos y civiles pero circunscribiendo el concepto de veterano, combatiente o participante a quienes estuvieron destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (en adelante TOM) o tuvieron una intervención directa en los combates que tuvieron lugar en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (en adelante TOAS) que abarcabaPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


