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DECRETO 195/1999
DEUDA PúBLICA
Operaciones de crédito público. Distintas operaciones
PRESUPUESTO NACIONAL
Deuda pública. Operaciones de crédito público. Distintas operaciones
del 31/12/1999; publ. 13/1/2000
Visto el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio de 1999 aprobado por la ley 25064 , distribuido por la decisión administrativa 1 del 4 de enero de 1999, la ley 25205 , el decreto 1436 de fecha 2 de diciembre de 1999, el decreto 67 del 17 de diciembre de 1999, el decreto 162 de fecha 28 de diciembre de 1999, el decreto 69 de fecha 17 de diciembre de 1999, el decreto 160 de fecha 28 de diciembre de 1999 la decisión administrativa 469 del 26 de noviembre de 1999, y
Considerando:
Que mediante los decretos de necesidad y urgencia 1436/1999 , 67/1999 y 162/1999 se dispuso el otorgamiento de anticipos para la provincia de Corrientes para el presente ejercicio fiscal por la suma de pesos sesenta millones ($ 60.000.000) en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la ley 25205 .
Que por el decreto 69/1999 de necesidad y urgencia se aprueba un cambio en las fuentes de financiamiento del Organismo Descentralizado 850 – Administración Nacional de la Seguridad Social, dependiente de la Jurisdicción 75 – Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, por un importe de pesos trescientos ochenta millones ($ 380.000.000).
Que mediante decreto 160/1999 de necesidad y urgencia se resolvió efectuar un aporte al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados por la suma de pesos cien millones ($ 100.000.000) con el objeto de mejorar su situación económica y financiera.
Que asimismo, debido a que la disminución de la actividad económica ha provocado una menor percepción de los recursos estimados, se estima necesario ampliar adicionalmente en la suma de pesos doscientos veintidos millones cuatrocientos dos mil cuatrocientos treinta y nueve ($ 222.402.439) el financiamiento previsto en la planilla 14 anexa al art. 5 de la ley 25064 , a fin de atender necesidades mínimas e impostergables a cargo del Estado nacional.
Que por otra parte, en uso de las facultades previstas por el art. 6 de la ley 25064 , a través del art. 2 de la decisión administrativa 469/1999 se dispuso la realización de operaciones de crédito público adicionales por un importe de hasta Valor Nominal pesos dos mil millones ($ 2.000.000.000).
Que en consecuencia resulta necesario afectar a la financiación del presente ejercicio el importe que corresponde de las colocaciones autorizadas por el art. 2 de la decisión administrativa 469/1999 , sin sujeción a lo dispuesto por el art. 6 de la ley 25064 .
Que además se requiere efectuar cambios a las características de las operaciones de crédito público detalladas en la planilla 14 anexa al art. 5 de la ley 25064 modificada por la planilla anexa al art. 1 de la decisión administrativa 469/1999 a los efectos de adecuarla a las operaciones de crédito público que se incorporan por la presente medida.
Que atento a la urgencia de resolver la situación descripta y dar cumplimiento a los compromisos asumidos por las normas citadas es imperioso el dictado de la medida proyectada, configurando una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la Constitución Nacional para la sanción de las leyes.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del art. 99 , inc. 3 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de ministros decreta:
Art. 1.– Sustitúyese la planilla 14, anexa al art. 5 de la ley 25064 modificada por el art. 1 de la decisión administrativa 469 de fecha 26 de noviembre de 1999, por la planilla anexa al presente artículo.
Art. 2.– Dispónese que dentro del monto total autorizado por el art. 2 de la decisión administrativa 469/1999, se imputen a la planilla 14 anexa al art. 5 de la ley 25064 modificada por el art. 1 de la presente, las siguientes operaciones de crédito público por un monto de hasta pesos valor nominal setecientos sesenta y dos millones cuatrocientos dos mil cuatrocientos treinta y nueve (V.N. 762.402.439); “Bonos Samurai de la República Argentina Quinta Serie 5,40% 1999/2003” por valor nominal Yenes Japoneses veinte mil millones (V.N. 20.000.000.000), la emisión en el marco del “Programa de Financiación a instrumentarse mediante Pagarés o Bonos” de fecha 2 de diciembre de 1999 por un importe valor nominal dólares estadounidenses doscientos diecinueve millones trescientos ochenta mil (V.N. U$S 219.380.000), “Bonos de la República Argentina en euros 10% 1999/2004” por valor nominal euros cien millones (V.N. euros 100.000.000), la emisión de “Letras del Tesoro” con vencimiento 16 de junio de 2000 por un importe valor nominal dólares estadounidenses cuarenta y cinco millones quinientos cincuenta y dos mil cuatrocientos treinta y nueve (V.N. U$S 45.552.439) y “Letras Externas de la República Argentina en euros L + 5,10% 1999/2004” por un importe valor nominal euros doscientos millones (V.N. euros 200.000.000). Estas operaciones de crédito público se efectuarán sin sujeción a las limitaciones previstas en el art. 6 de la ley 25064 .
Art. 3.– Dése cuenta al Honorable Congreso de la Nación en virtud de lo dispuesto por el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional.
Art. 4.– Comuníquese, etc.
De la Rúa – Terragno – Machinea – Lombardo – Llach – Storani – López Murphy – Rodríguez Giavarini – Gil Lavedra – Fernández Meijide – Gallo – Flamarique
La planilla anexa al art. 1 no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección (Suipacha 767, Capital Federal).
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