Mis documentos Documentos Relacionados
LEY 19040
PODER LEGISLATIVO
Intervención. Cese. Afectación al área del Ministerio del Interior
sanc. 18/5/1971; promul. 18/5/1971; publ. 26/5/1971
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1.– El Congreso de la Nación, en la totalidad de su personal y bienes pasa a depender del Ministerio del Interior el que designará un delegado que arbitrará las medidas necesarias tendientes a que sus diversos servicios permitan la oportuna instalación de aquél. Tendrá las facultades administrativas que correspondían a los presidentes de ambas Cámaras.
Art. 2.– El personal y bienes del Congreso de la Nación continuarán afectados a los organismos a los que fueren transferidos, hasta tanto se opere su gradual y progresiva reincorporación y a medida que las necesidades lo requieran. Dicho personal podrá optar por permanecer en el organismo al cual fue afectado.
Las resoluciones serán suscriptas por el delegado y el ministro del Interior, o en su caso, se efectuarán conjuntamente por éstos y la autoridad competente en cuyo ámbito funcione el organismo administrativo, al que se transfirió el personal y bienes aludidos.
Art. 3.– El personal del Congreso de la Nación, cualquiera sea su clase, categoría y jerarquía continuará comprendido en el Estatuto para el Personal Civil de la Nación (decreto ley 6666/1957 y disposiciones complementarias).
Art. 4.– Oportunamente se gestionará la apertura en el presupuesto nacional, del anexo correspondiente al Poder Legislativo, al cual se harán las transferencias de créditos y patrimoniales a que dé lugar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de la dependencia del delegado del Ministerio del Interior que se nombre conforme lo previsto en el art. 1 .
Art. 5.– Continuará a cargo de los servicios jurídicos de la Secretaría General de la Presidencia, la atención de las causas de expropiación originadas o que se inicien, en situaciones creadas por leyes que declararon de utilidad pública inmuebles linderos al palacio del Congreso, para obras de ampliación.
Art. 6.– El Ministerio del Interior impartirá a los gobernadores de provincias y al intendente municipal de la Ciudad de Buenos Aires, las instrucciones referidas a la instalación de las respectivas legislaturas y organismos deliberativos comunales.
Art. 7.– Derógase la ley 17123 y toda otra disposición que se oponga a la presente.
Art. 8.– Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se tomarán de rentas generales.
Art. 9.– Comuníquese, etc.
Lanusse – Mor Roig
[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


