Mis documentos    Documentos Relacionados   

DECRETO 6849/1945

TRANSPORTE

ORGANISMOS DEL ESTADO

Dirección Nacional de Transporte. Organización administrativa. Aprobación

publ. 23/5/1945

Visto el proyecto de organización administrativa preparado por el presidente de la Dirección Nacional de Transportes en cumplimiento de lo ordenado por el art. 5 del decreto 20264/1944, las informaciones producidas al respecto y lo propuesto por el ministro de Obras Públicas, y atento que la estructuración ordenada obliga a una redistribución de las funciones y atribuciones acordadas a distintos órganos de la administración en leyes anteriores.

El presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de ministros decreta:

Art. 1.– Apruébase la organización administrativa de la Dirección Nacional de Transportes propuesta, cuyo articulado pasa a formar parte de este decreto.

Art. 2.– Deróganse todas las disposiciones de la leyes 2873 , 5315 , 6320 , 6757 y complementarias, y las de los reglamentos consiguientes que se opongan a las del presente decreto.

Art. 3.– Dése cuenta oportunamente al Congreso de la Nación.

Art. 4.– Comuní­quese, etc.

Farrell – Pistarini – Perón – Ameghino – Ávalos – Etcheverry Boneo – Teisaire

Anexo

I. DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE (D.N.T.) (ANEXO 1)

A. MISIÓN

Art. 1.- La D.N.T. encauza la actividad pública y privada para la consecución de un sistema de transportes que sirva en la mejor forma a los fines polí­ticos, económicos, sociales y de defensa de la Nación, velando por el cumplimiento de las leyes y reglamentos de la materia, planificando el transporte de pasajeros y de cosas, y promoviendo y fiscalizando el establecimiento y explotación de los distintos medios.

B. DEPENDENCIA

Art. 2.- La D.N.T. depende del Ministerio de Obras Públicas de la Nación (art. 1 del superior decreto 20264/1944).

C. ORGANIZACIÓN GENERAL

Art. 3.- La D.N.T., está integrada por:

a. La presidencia;

b. La Secretarí­a General;

c. Cinco direcciones denominadas:

– De Planificación de Transportes;

– De Asuntos Legales;

– Comercial y Financiera;

– De Ferrocarriles de Transporte Automotor;

d. Una Dirección de Defensa Nacional;

e. La Secretarí­a de Contralor.

Art. 4.- La D.N.T., tiene personerí­a para perseguir en juicio de apremio el cobro de las multas que impusiera y para actuar en los juicios ordinarios consiguientes a la aplicación de tales multas. Tendrá igualmente personerí­a para el cobro de las sumas previstas en el art. 31 de la ley 2873. En las circunstancias en que la D.N.T. no tuviese apoderado actuará, cuando corresponda, el procurador fiscal, al cual la D.N.T. proporcionará los informes del caso.

Art. 5.- Corresponde con exclusividad a la D.N.T. el ejercicio de la jurisdicción administrativa en cuanto a las violaciones del régimen legal de los transportes.

Art. 6.- Las decisiones de la D.N.T., de la comisiones y de las direcciones serán recurribles en los casos que corresponda de acuerdo con las disposiciones del presente y demás disposiciones que rigen la materia, en cuanto no fueran modificadas por el mismo.

Los recursos deberán ser interpuestos dentro de los diez dí­as de la notificación.

D. FUNCIONES

DEL PRESIDENTE

Art. 7.- El presidente de la D.N.T. tiene como función primordial, la de coordinar y hacer que se complementen las tareas inherentes a cada una de las direcciones que integran la D.N.T.

Ejerce asimismo la dirección administrativa y técnica de la repartición y es, en consecuencia, el representante oficial de la misma ante las entidades públicas y privadas, pudiendo delegar dicha representación en los casos que lo estime oportuno.

En caso de impedimento o ausencia del presidente de la D.N.T., será reemplazado en sus funciones por el director que designe en reunión de consejo, por el término de un año, lo que será comunicado al Ministerio de Obras Públicas.

E. ATRIBUCIONES

DEL PRESIDENTE DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTES

Referente a los transportes

Art. 8.- Ejercer la representación de la D.N.T. y hacer cumplir las leyes y reglamentaciones vigentes sobre transportes.

Art. 9.- Proyectar y proponer al P.E., con autorización del consejo las modificaciones que estime pertinentes al régimen legal de la materia. Los proyectos se elevarán con todos sus antecedentes.

Art. 10.- Proponer al Poder Ejecutivo la reglamentación de las leyes de la materia y sus modificaciones y, sin alterar su espí­ritu, dictar normas de carácter general y aprobar los reglamentos especí­ficos que requiera el ordenamiento de los transportes, y, en especial en cuanto a:

a. Métodos de valuación, porcentaje de amortización y demás í­ndices necesarios para fijar el valor y duración de los bienes invertidos en la explotación.

b. Normas y requisitos para solicitar y acordar los permisos en el caso de transportadores por automotor, como así­ también de habilitación de vehí­culos.

c. Normas y requisitos para la aprobación y aplicación de nuevas tarifas y, solicitud de modificación o caducidad de las vigentes.

d. Formularios oficiales para compilación de datos estadí­sticos, presentación de balances generales, estados demostrativos de ganancias y pérdidas, etc.

e. Método de recaudación de tasas, cumplimiento de garantí­as y aplicación de penalidades.

Forma y plazo para el pago o depósito según corresponda.

f. Fijación de los libros, documentos y demás comprobantes que de modo especial deberán ser llevados por los transportadores con referencia a su explotación y datos estadí­sticos, y, sobre el término de su conservación.

g. La construcción y explotación de los ferrocarriles nacionales.

h. Trabajos del personal, de común acuerdo con la Secretarí­a de Trabajo y Previsión.

i. Número, color y formato de los distintivos de los vehí­culos cuya habilitación se ha concedido.

j. Requisitos para la inserción y tramitación de las quejas y reclamos interpuestos por el público.

k. Requisitos a que debe sujetarse la actuación de los empleados frente a los transportadores y normas para la sustanciación de sumarios relacionados con elPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.

HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA

Plan Básico

Consulte online  más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo  del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.

Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.

Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.

Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.

Mensual Plan Básico
$12900 por mes
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
 
 
Semestral Plan Básico
$28980 30% de ahorro
único pago por 6 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia
Anual Plan Básico
$29700 - $25245 con transferencia PROMO 50% OFF
único pago por 12 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia

Plan Premium

Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.

Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.

Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.

Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.

Mensual Plan Premium
$15900 por mes
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
*Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral Plan Premium
$41580 30% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
Anual Plan Premium
$59400 50% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés

Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.

Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *