Legislación Nacional
DECRETO 738/95 DECRETO 738/95 Artículo 1°.- (Artículo 92° bis LCT, incisos 5° y 7°). El plazo para que el trabajador dé cumplimiento a la obligación establecida en el art. 43° de la Ley N° 24.241 comenzará a correr a partir de la continuación del contrato luego del período de prueba. …

