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JURISPRUDENCIATrabajo artístico. Beneficio al mérito artístico. Acto administrativo. Aplicación retroactiva. Cómputo
Se decide que el beneficio al mérito artístico reconocido por el Decreto 2124/07 al Sr. Macchi Falú Gerardo deberá liquidarse a partir de la fecha en que se realizó la imputación preventiva del gasto, aunque no se hubiera dictado aún el pertinente acto administrativo, atenta la demora injustificada imputable a la Administración.
Salta, 10 de febrero de 2015.
Y VISTOS: Estos autos caratulados «MACCHI FALú, GERARDO INDALECIO VS. PROVINCIA DE SALTA – RECURSO DE APELACIÓN» (Expte. Nº CJS 31.816/08), y
CONSIDERANDO:
Los Dres. Abel Cornejo, Susana Graciela Kauffman de Martinelli, Guillermo Alberto Posadas y María Soledad Fiorillo Saravia, dijeron:
1º) Que contra la sentencia de fs. 150/154 vta. que rechazó la demanda, el actor interpuso recurso de apelación a fs. 159.
Para así decidir la juez «a quo» analizó el expediente administrativo que se encuentra reservado en secretaría -Nº 59-12.276/00- y aplicó la Ley 6475 -modificada por las Leyes 6802 y 6912- y sus Decretos Reglamentarios nros. 700/88, 1906/89 y 2146/ 97, concluyendo en que el reconocimiento al mérito artístico tiene carácter de premio o liberalidad por parte del Estado y que es independiente de la percepción de cualquier otro beneficio por lo que implica una cuestión completamente ajena a la jubilación. Al ponderar el Decreto nº 2124 del 7 de agosto de 2007, dictado por el Poder Ejecutivo Provincial otorgando al actor el beneficio al mérito artístico a partir de la fecha de su notificación, señaló que se ajusta a derecho porque el art. 3º del Decreto nº 1906/89 dejó establecido que los beneficios correspondientes serán reconocidos y liquidados a partir de la fecha del respectivo decreto que los conceda. Concluyó por ello en que el decreto impugnado se encuentra fundado en la estricta aplicación de la norma correspondiente al caso, sin que dicha norma pueda ser tildada de inconstitucional porque constituye el sustento esgrimido oportunamente por el actor para solicitar el beneficio en cuestión,Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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