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LEY 11221
CÓDIGO PENAL
Correcciones
promul. 21/9/1923; publ. 10/10/1923
Art. 1.- Declárase auténtica la edición oficial del Código Penal de la Nación, ley 11179 , con la siguiente planilla de correcciones que se agregará como fe de erratas a dicha edición:
Art. 8 .- Suprimir las palabras “que les correspondan”.
Art. 13 .- En lugar de “por menos de tres años”, debe decir “por tres años o menos”; y en lugar de “podrá”, debe decir “podrán”.
Art. 19, inc. 4. – En lugar de “padre anciano y desvalido”, debe decir “padres ancianos y desvalidos”.
Art. 26. – Suprimir las palabras “por delito al que corresponda”, intercalando, en reemplazo, la preposición “a”.
Reemplazar en el mismo artículo, la palabra “aplicables” por “impuesta”.
Art. 44 .- El segundo párrafo debe ir como última parte del artículo, modificándose así su actual colocación.
Art. 48. – En lugar de “corresponda”, debe decir “correspondan”.
Art. 51. – Después de “sufrió”, agregar “por delito cometido”.
Art. 52. – En vez de “relegación”, debe decir “reclusión”.
Art. 52, inc. 2. – Agregar, después de “reclusión”, las palabras “por más de tres años”.
Art. 53. – Agregar al final: “y otro tanto más, que nunca excederá de diez años”.
Art. 62, inc. 2. – En vez de “meses” debe decir “años”.
Art. 62, inc. 6. – Suprimir “quinientos a” y agregar “o menos” después de “pesos”.
Art. 62. – Suprimir el inc. 7.
Art. 65, inc. 2. – En vez de “quince”, poner “veinte”.
Art. 67. – Agregar al final: “La prescripción se interrumpe si, antes de vencido el término, comete el reo otro delito”.
Art. 80. – Agregar, después de “perpetua”, las palabras “o prisión perpetua”.
Art. 82. – Agregar la palabra “artículo” antes de “anterior”.
Art. 104. – Agregarle la primera parte del 105 .
Art. 105. – Es sólo la segunda parte.
Art. 111, inc. 1. – Suprimir la preposición “o” intercalada entre las palabras “público” y “actual”.
Art. 114. – En vez de “la sanción”, debe decir “las sanciones”.
Art. 117. – Suprimir la preposición “a” intercalada entre las palabras “contestar” y “la”.
Art. 163, inc. 1. – Agregar coma (,) después de “trabajo” y punto y coma (;) después de “campo”.
Arts. 39 , 127 , 1a. parte, 170 , 172 y 173, inc. 1.- Las palabras “delitos cometidos”, “personas”, “rescates”, “créditos” y “contratos” que, respectivamente aparecen en dichos artículos, deben ir en singular.
Art. 174, inc. 1 .- Donde dice “procurar de otro” debe decir “procurar a otro”.
Art. 180, 2a. parte. – Agregar las palabras “deudor o” después de “todo”.
Art. 181, inc. 3 .- En vez de “trabare”, debe decir “turbare”.
Art. 187. – En vez de “inmersión”, debe decir “sumersión”.
En este mismo artículo agregar coma (,) después de “inundación”.
Art. 208, inc. 3. – En vez de “capítulo”, debe decir “artículo”.
Art. 305. – En vez de “que se opusieren”, debe decir “en cuanto se opusieran”.
Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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