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JURISPRUDENCIAAccidente de trabajo. Incapacidad laboral. Prestaciones dinerarias. Ámbito temporal. Ley aplicable. Actualización. Índice RIPTE
Se hace lugar a la demanda por accidente de trabajo interpuesta por el trabajador, condenándose a la ART a abonar las correspondientes prestaciones dinerarias por la incapacidad laboral permanente resultante. Asimismo, se dispone la aplicabilidad de la ley 26773 al accidente de marras, en razón de considerarse una aplicación inmediata de ley. Por último, también se ordena actualizar los montos mediante el índice RIPTE regulado en citada ley.
CABA, 04 de febrero de 2016.- DT
Se procede a votar en el siguiente orden:
El Dr. Mario S. Fera dijo:
I- Contra la sentencia dictada en la anterior instancia, que hizo lugar al reclamo en lo principal, recurre la parte demandada, según el escrito de fs. 212/221, que mereció réplica a fs. 232/239.
II- En primer lugar, se agravia la parte de la aplicación al caso de la ley 26.773, en tanto el accidente de autos se produjo con anterioridad a la fecha de su entrada en vigencia. Sostiene que la norma prevé expresamente su ámbito de aplicación temporal en el artículo 17 incido 5) y que una interpretación en contrario implicaría vulnerar el principio de irretroactividad establecido en el Código Civil. Estimo que el agravio no debe prosperar.
Al respecto, destaco que es doctrina de esta Sala que la ley 26.773 resulta aplicable a los hechos jurídicos (accidentes o enfermedades de trabajo) sucedidos con anterioridad a su entrada en vigencia cuando las obligaciones derivadas de aquéllos se encuentran pendientes de satisfacción, debido a que ello no constituye un supuesto de retroactividad legal, sino de aplicación inmediata de la norma.
En este sentido, al votar en la causa «Maciel Cristian Marcelo c/La Caja A.R.T.Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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