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JURISPRUDENCIAEscrituración. Reconvención. Nulidad del boleto. Ausencia de precio determinado
Se revoca la sentencia que había hecho lugar a la acción de escrituración, haciendo lugar parcialmente a la reconvención a fin de que se decrete la nulidad del boleto de compraventa ante la inexistencia de un precio determinado, y ordenando la restitución de lo percibido por los demandados.
Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 28 días del mes de agosto de dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala «B», para conocer en el recurso interpuesto en los autos caratulados: «Pavan de Vicario, Cristina c/ Morales, Alan Daniel y otro s/ escrituración» respecto de la sentencia de fs. 388/395, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Es ajustada a derecho la sentencia apelada?
Practicado el sorteo resultó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden Señores Jueces Doctores: MAURICIO LUIS MIZRAHI.- CLAUDIO RAMOS FEIJOO.- ROBERTO PARRILLI.-
A la cuestión planteada el Dr. Mizrahi, dijo:
I. Antecedentes
La sentencia de primera instancia, obrante a fs. 388/395, resolvió: a) Hacer lugar a la demanda promovida por doña Cristina Pavan de Vicario y condenó a los demandados Alan Daniel Morales y Omar Gabriel Morales a otorgar la respectiva escritura traslativa de dominio a favor de la actora, en relación a la porción indivisa que se había comprometida en venta; b) Rechazar totalmente las reconvenciones deducidas por los emplazados recién mencionados; c) imponer las costas a los demandados y reconvinientes vencidos.
Contra el referido pronunciamiento, el co-demandado y reconviniente Omar Gabriel Morales dedujo sus agravios a fs. 409/411; y el otro co-accionado, y también reconviniente -Alan Daniel Morales– planteó sus quejas a fs. 413/415. Ambas piezas fueron respondidas en conjunto por la actora a la luz del escrito que obra aPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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