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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Accidente de tránsito. Cuantificación
Se cuantifican las partidas indemnizatorias otorgadas a la actora a raíz del accidente de tránsito protagonizado.
En la ciudad de Mar del Plata, a los 13 de junio de 2019, habiéndose practicado oportunamente en esta Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial el sorteo prescripto por el artículo 263 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, del cual resultó el siguiente orden de votación: 1º) Dr. Alfredo Eduardo Méndez, 2º) Dr. Ramiro Rosales Cuello y 3°) Dra. Nélida Isabel Zampini, se reúnen los Señores Magistrados en acuerdo ordinario a los efectos de dictar sentencia en los autos «TORRES OLGA ISABEL C/ ISMAIL MOYA LUIS ALBERTO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS».-
Instruidos los miembros del Tribunal, surgen de autos los siguientes
ANTECEDENTES:
A fs. 399/412 dictó sentencia el Señor Juez de Primera Instancia en la que resolvió hacer lugar a la demanda de daños y perjuicios promovida por Olga Isabel Torres contra Luis Alberto Ismail Moya, condenando a este último conjuntamente con su aseguradora «Paraná S.A. de Seguros» a abonar la suma de $ 103.000, más intereses desde el día del hecho a la tasa pasiva «BIP» del Banco de la Provincia de Buenos Aires y costas.
Apeló la actora en escrito electrónico presentado el 17/9/2018 a las 11:34 a.m.; y la citada en garantía lo hizo en escrito de igual tenor el 13/9/2018 a las 11:27 a.m. La primera expresó agravios el 18/2/2019 a las 9:08 a.m. y la restante el 22/2/2018 a las 9:38 a.m.. Respondieron la actora el 11/3/19 y la demandada el 10/3/19, los respectivos recursos de sus oponentes.
Recurso de la actora
Se agravia en primer término de la aplicación que hace el a-quo del derogado Código Civil (Ley 340) a todas las cuestiones sometidas a su juzgamiento, desechando la aplicación de ciertas disposiciones vigentes durante el transcurso del proceso. Entiende que debió aplicarse el Nuevo Código a las consecuencias no agotadas, como por ejemplo la cuantificación del daño a tenor de lo dispuestoPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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