Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAEnfermedad accidente. Acción civil. Ambiente de trabajo. Deber de seguridad de empleador y de la ART. Incapacidad laboral
Se revoca el fallo recurrido y, en consecuencia, se hace lugar a la acción civil deducida, pues el demandante logró acreditar que la afección respiratoria que padece estuvo vinculada al ambiente de trabajo, pues el perito informó que para trabajar utilizaba epoxi (resina que se utiliza para proteger de la corrosión o para mejorar la adherencia de las capas de pintura), no se le exhibieron mediciones de contaminante en aire de partículas de pintura epoxi ni estudios ergonométricos del puesto de trabajo, ni una norma específica en el uso de la amoladora utilizada por el actor.
En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, 28/03/2018, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso deducido contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación.
La Doctora Cañal dijo:
Contra la sentencia de primera instancia, que rechazó la demanda en todas sus partes, se alza el actor mediante el memorial de fs. 532/538, con réplica a fs. 55/556 y fs. 559 y vta. Asimismo, la aseguradora a fs. 526/527 apela la imposición de costas y la regulación de honorarios por elevada y la propia, por baja. También, los peritos ingeniero y contadora y la letrada del codemandado Tangherini Argentino, apelan sus honorarios por reducidos.
El actor se queja, porque se rechazó la demanda sin valorar la totalidad de la prueba colectada en estos actuados.
La juez de anterior grado, entendió que el accionante no logró acreditar la descripción del ambiente laborativo descripto en la demanda, por el contrario, la misma resulta coincidente con la señalada en el responde. En consecuencia, desestimó la demanda en todas sus partes.
Previo a analizar el recurso deducido por el actor, haré un breve relato de los hechos alegados en la demanda y en los responde.
Panaro sostuvo en el escrito de inicio, que ingresó a trabajar a las órdenes de Tangherini, el 20 de febrero de 2006, en la planta fabril dedicada a la metalúrgica, como oficial pintor.
Refirió, que a principios de septiembre de 2008 se encontraba puliendo una pieza con una amoladora de mano sobre una mesa metálica, cuando unas partículas se desprendieron violentamente por el accionar de dicha maquinaria, impactando sobre sus ojos, especialmente el izquierdo.
Aclaró, que nunca le dieron elementos de protección y por el infortunio, sintió un fuerte dolor y ardor ocular, intenso lagrimeo y visión borrosa, por lo que fue derivado a la clínica del Dr. Ciocchi en Lomas de Zamora, donde se le efectuó una limpieza ocular.
También adujo, que la prolongada y repetitiva aspiración de agentes volátiles, motivó que desde fines de junio de 2008, comenzara a acusar de modo lento y progresivo, cefaleas recidivantes acompañadas de ahogos y fatiga respiratoria (disnea), por lo que fue atendido por un médico de su obra social, quien le diagnosticó asma ocupacional.
Planteó la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24557 y accionó por el derecho común.
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo, manifestó que ninguno de los hechos narrados en la demanda fueron denunciados.
Desconoció que el actor padezca algún grado de incapacidad.
El codemandado Tangherini, alegó que el ambiente de trabajo es amplio, confortable, ventilado, higiénico y agradable, y cumple con todos los requisitos que exige la legislación vigente en temas de Seguridad e Higiene.
Aclaró, que durante toda la relación laboral el actor fue sometido a todos los exámenes médicos que indica la ley y siempre se le proveyó todos los elementos de seguridad.
Sostuvo, que el accidente denunciado en junio de 2008 no existió, el accionante estuvo con licencia por una ulcera en el ojo izquierdo, por un hecho fuera del ámbito laboral.
Respecto a la supuesta afección respiratoria, afirmó que es una enfermedad crónica, por lo que sería imposible pensar que fue contraída en tan escaso tiempo que duró la relación laboral (dos años).
Veamos en consecuencia, la prueba producida en autos.
El perito médico designado de oficio, informa que el examen oftalmológico especializado, realizado a los fines de esta litis en el Hospital Rivadavia, ratifica la existencia de una cicatriz,Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


