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JURISPRUDENCIAProbation. Robo agravado por el uso de arma
Se confirma la sentencia que rechazó la suspensión del juicio a prueba solicitada en favor del imputado y lo condenó por el delito de robo agravado por el uso de arma.
Corrientes, 20 de mayo de 2015
Los Dr.es Chain, Panseri y Semhan dijeron:
¿Que pronunciamiento corresponde dictar en autos?
El Dr. Chain dijo:
I. Contra la resolución N° 03 de fs. 499/500, dictada por el Tribunal Oral Penal de Santo Tomé, que resolvió rechazar la suspensión del juicio a prueba solicitada en favor del imputado C. R., la defensa interpone recurso de casación (fs. 530/536); asimismo contra la sentencia N° 04 de fs. 518/529 dictada por el Tribunal Oral Penal de Santo Tomé, que resolvió condenar a G. G., a la pena de ocho años de prisión y accesorias legales, por el delito de «robo agravado por el uso de arma» (art. 166, inc. 2°, primer supuesto, 12 y 45 del C.P.), la defensa del condenado interpone recurso de casación (fs. 552/565).
II. Se funda el recurso presentado por la defensa de C. R., de conformidad a lo normado por el art. 493 del C.P.P. Señala como primer agravio, que el tribunal rechazó la solicitud de suspensión del juicio a prueba, limitándose a mencionar los argumentos vertidos en dicha petición, pero de manera evidente omite tratarlos sin fundar su negativa, lo que convierte en arbitraria la sentencia recurrida por falta de motivación, omitiendo además la vista positiva del Ministerio Público, esencial en este tipo de procesos.
Expresa como segundo agravio, que el Tribunal no examinó la tesis amplia de otorgamiento del beneficio, con base real en las pautas de los arts. 40 y 41 del C.P. y mucho menos se ha detenido a efectuar un cálculo de pena eventual y en concreto, pues no ha valorado los atenuantes existentes, indicando que las mismas están dadas por el tiempo en que el acusado estuvo privado de libertad (2 años y 9 meses) y que luego de concedido el cese de prisiónPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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