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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Accidente de tránsito. Responsabilidad objetiva. Cuantificación.
Se mantiene la sentencia que responsabilizó al demandado por el accidente de tránsito ocurrido, al no haber acreditado ninguna de las eximentes de responsabilidad.
///nos Aires, Capital de la República Argentina, a los veintisiete días del mes de Mayo de dos mil dieciséis, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala «B», para conocer en los recursos interpuestos en los autos caratulados: «Flores Sebastián Miguel c/ Sole Carlos Gustavo y otros s/ Daños y Perjuicios» respecto de la sentencia de fs. 664/670 el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Es ajustada a derecho la sentencia apelada?
Practicado el sorteo resultó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden Señores Jueces Doctores: PARRILLI-MIZRAHI- RAMOS FEIJOO-
A la cuestión planteada el Dr. Parrilli, dijo:
1. La sentencia impugnada.
En la sentencia glosada a fs. 664/670, el Sr. Juez a cargo del Juzgado n° 36 hizo lugar a la demanda iniciada por Sebastián Miguel Flores a través de la cual este último pretendió el resarcimiento de los daños sufridos el día 24 de enero de 2007 cuando, alrededor del mediodía, conducía, a baja velocidad, su motocicleta Honda por el carril derecho de la calle 11 de Septiembre de la localidad de Lomas del Mirador, Provincia de Buenos Aires y, al llegar a la intersección con la calle Cabral, resultó violentamente embestido por el Fiat Regatta dominio VSL-264, propiedad a esa fecha de Carlos Gustavo Sole, conducido por Fernando Daniel Palacios, que circulaba a su costado izquierdo y giró súbitamente hacia la derecha.
En consecuencia, condenó a los demandados y a las aseguradoras citadas en garantía «Argos Cía. Argentina de Seguros Generales» y «Allianz Argentina Compañía de Seguros SA» a pagarPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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