Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAEMPLEO PúBLICO. Antigí¼edad. Cómputo. Daño moral. Tasa de interés. Doctrina legal. Suprema Corte de Buenos Aires
Se confirma la sentencia en cuanto reconoce el derecho a la antigí¼edad en su cargo municipal del accionante, condenando a la Municipalidad de San Isidro a abonar las diferencias salariales devengadas en dicho concepto, la que deberá tener en cuenta para su cómputo la incidencia en el sueldo anual complementario con más los intereses. Se modifica además la tasa de interés aplicada en el punto precedente, y se establece una indemnización en concepto de «daño moral» en tanto ha quedado demostrada la relación existente entre el padecimiento médico del accionante y los motivos que dieron origen a esta contienda.
En la ciudad de General San Martín, a los 5 días del mes de diciembre de 2.016, se reúnen en acuerdo ordinario los señores Jueces de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín, estableciendo el siguiente orden de votación de acuerdo al sorteo efectuado: BEZZI – SAULQUIN – ECHARRI, para dictar sentencia en la causa Nº 5317/16 caratulada «CORNES AUGUSTO HORACIO C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO S/ PRETENSIÓN RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS».
ANTECEDENTES
I.- Mediante sentencia de fs. 153/164 y vta., el Señor Juez Titular a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de San Isidro, dictó sentencia: «I.- Haciendo lugar parcialmente a la demanda promovida por el Sr. Augusto Cornes contra la Municipalidad de San Isidro por reconocimiento de derechos y diferencias salariales. II.- Reconociendo el derecho a la antigí¼edad del accionante por el período comprendido entre la fecha del Decreto 131 (23 de diciembre de 1983) y el Decreto 1411 ( 4 de junio de 1987), condenando a la Municipalidad de San Isidro a abonar las diferencias salariales devengadas en dicho concepto, desde el 29 de mayo de 2008 hasta la presentación de la nueva liquidación, la que deberá tener en cuenta para su cómputo la incidencia en el sueldo anual complementario con más los intereses que se liquidarán de acuerdo a la tasa que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en los depósitos a treinta días vigente en los distintos períodos de aplicación hasta el efectivo pago (art. 768 inc. B.- del Código Civil y Comercial y arts. 7 y 10 de la ley 25.561). III.- Ordenando a la parte demandada a que dentro de los diez (10) días de quedar firme el presente decisorio, practique la liquidación conforme las pautas precedentemente fijadas y, dentro de los sesenta (60) días de aprobada la misma, abone su monto a la parte actora (arts. 163 y 215, Const. Prov.). IV.- Rechazando el reclamo de daño moral. V.- Imponiendo las costas del proceso a la parte demandada en su calidad de vencida (art. 51 inc. 1 del C.C.A.). VI.- Difiriendo la regulación de honorarios hasta quedar firme la presente (art. 51 Dec. Ley 890477)».
II.- Contra dicho pronunciamiento, a fs. 167 la parte actora interpuso recurso de apelación, fundando el mismo mediante presentación de fs. 175/178 y vta.
III.- Mediante providencia de fs. 180, el señor Juez a-quo tuvo por presentado el recurso de apelación interpuesto y dispuso el traslado del mismo a las partes, por el plazo de 10 días.
IV.- A fs. 181/182 y vta., la parte demandada efectuó presentación recursiva contra la sentencia de grado.
V.- Mediante providencia de fs. 183, el magistrado de grado tuvo por presentado el recurso de apelación interpuesto por la demandada y dispuso el traslado del mismo a las partes, por el plazo de diez días.
VI.- A fs. 184/186, contestó la parte actora expresión de agravios y dicho traslado se tuvo por contestado -cfr. providencia de fs. 187.
VII.- A fs. 189/190, la parte demandada contestó el traslado de la expresión de agravios, el cual se tuvo por contestado mediante providencia de fs. 191 vta.
VIII.- Mediante providencia de fs. 200 vta., se ordenó la elevación de las actuaciones a esta Alzada y, recibidas que fueran las mismas -cfr. constancia de fs. 200 vta.-, pasaron los autos para resolver (ver fs. 201).
IX.- A fs. 202/203, se efectuó el pertinente examen de admisibilidad formal y en tal contexto, este Tribunal concedió -con efecto suspensivo- los recursos de apelación interpuestos por la parte actora y demandada contra la sentencia definitiva dictada en la causa (arts. 56 inc. 2° y 58 inc. 2 del CCA, ley 12008 – texto según ley 13101), encontrándose las partes debidamente notificadas (cfr. fs. 204/205 y 206/207).
X.- A fs. 208 y vta., se resolvió suspender el llamado de autos para sentencia de fs. 202/203, requiriendo por Secretaría -como medida para mejor proveer (arts. 36 inc. 2 del CPCC y 46 y 77 inc. 1º del CPCA)- a la Municipalidad de San Isidro, la remisión dentro del plazo de cinco (5) días de las ordenanzas municipales vigentes durante el período 1/07/1983Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


