Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAHomicidio. Agravado. Violencia de género. Interpretación de la ley. Tratados internacionales. Exclusión de culpabilidad. Coacción
Se revoca la sentencia que condenó a la imputada a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por alevosía (art. 80 inc. 2 CP). Para decidir así, el tribunal tuvo por probado que la apelante sufría violencia de género por parte de su concubino, es por ello que interpretó configurada la exclusión de culpabilidad por coacción regulada en el art. 34 inc. 2 del Código Penal. En ese sentido, expresó que cuando el sujeto lleva a cabo una conducta antijurídica y típica, violentado (intimidado) por amenazas de sufrir un mal grave e inminente, obra en forma delictiva, pero inculpable.
En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los catorce días del mes de agosto de dos mil dieciocho, la Corte de Justicia de Catamarca, integrada por los señores Ministros doctores Luis Raúl Cippitelli -Presidente-, Vilma Juana Molina, Carlos Miguel Figueroa Vicario, José Ricardo Cáceres y Amelia Sesto de Leiva, se reúnen en acuerdo para entender en el Recurso de Casación deducido en autos: «Expte. Corte nº 113/17, caratulados: «F., Y. P. s/ Rec. de casación c/ Sent. nº 85/17 de expte. nº 114/17 p.s.a. homicidio calificado por alevosía».
De acuerdo con el resultado del sorteo efectuado para determinar el orden de votación (f. 32), nos pronunciaremos de la siguiente manera: en primer lugar, la Dra. Molina; en segundo término, la Dra. Sesto de Leiva; en tercer orden, el Dr. Cippitelli; en cuarto, el Dr. Cáceres y en quinto, el Dr. Figueroa Vicario.
I. Por Sentencia Nº 85/17, de fecha 31 de Octubre de 2017, la Cámara de Sentencias en lo Criminal de 3º Nominación, en lo que aquí concierne, resolvió: «Declarar culpable a Y. P. F., de condiciones personales ya relacionadas en la causa, como coautor penalmente responsable del delito de Homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía, previsto y penado por los arts. 80 inc. 2º, segundo supuesto y 45 del CP, imponiéndole para su tratamiento penitenciario la pena de prisión perpetua, con más accesorias de ley (arts. 5, 12, 40 y 41 del CP). Con costas (arts. 407, 536 y concordantes del CPP), debiendo continuar alojada en el Correccional de Mujeres perteneciente al Servicio Penitenciario Provincial (…)».
II. Contra esta resolución, la Dra. Mariana Vera, Defensora Penal de Quinta Nominación, en representación de la imputada Y. P. F., interpone el presente recurso. Centra sus agravios en la inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica en la apreciación de las pruebas y en la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva (art. 454 inc. 1º y 2º del CPP).
En tal sentido, refiere que los magistrados han arribado a una conclusión condenatoria sin analizar la prueba concreta y específica que se relaciona con la participación de su defendida y la decisión judicial ha sido el resultado de la impresión, prejuicios y juicios de valor sobre actos que no tienen nada que ver con lo discutido y que no son consecuencia de la consideración racional de las pruebas. Sostiene que el tribunal confunde y argumenta la no procedencia del art. 34 inc. 1° CP, cuando la causal invocada por la defensa para la exclusión de culpabilidad es la prevista en el art. 34 inc. 2° -segunda hipótesis- del CP. Por otra parte, se agravia al sostener que el tribunal exige conductas desde una óptica que P. F. es incapaz de adoptar como víctima de violencia de género. Cuestiona que el Tribunal no haya ponderado tal circunstancia, incurriendo así, en serias falencias que lo llevan a descartar la valoración integral de la prueba, concretamente, al no considerar la cuestión de género como excluyente de la culpabilidad de Y. P. F.
Desde la óptica señalada, sostiene que el a quo ha omitido considerar la legislación internacional y nacional vigente, incumpliendo los mandatos de naturaleza constitucional, lo cual deriva en una incorrecta aplicación de la ley sustantiva; que se encuentra plenamente acreditado en la causa de que su asistida ha sido víctima de violencia de género por parte de su pareja conviviente, quien ha llegado -argumenta- a anularla como persona, convirtiéndola en una autómata que se limitaba a cumplir sus órdenesPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


