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JURISPRUDENCIAFemicidio. Violencia de género. Desaparición del cadáver. Rechazo de excarcelación
Se rechaza la excarcelación ordinaria solicitada, convirtiendo en prisión preventiva la detención que viene sufriendo el encartado por el hecho constitutivo «prima facie» del delito de homicidio en concurso ideal con aborto en contexto de violencia de género, pues si bien no existen peligros procesales en su contra del encartado, en tanto ha estado a derecho, el hecho está signado por la circunstancia de no haberse hallado el cadáver de la víctima, estando los ciudadanos frente a un mayor grado de indefensión ante quienes logren ocultar un cadáver.
Lomas de Zamora, 6 de junio de 2016
AUTOS Y VISTOS
Para resolver en la presente causa registrada bajo el Nº 46447-10 de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 8 Departamental, a cargo del Dr. G. M.A. Vitale, Auxiliar Letrado Dr. M. E. Piñero, respecto de la solicitud de prisión preventiva y elevación a juicio formulado por el Sr. Agente Fiscal, Dr. Gerardo Loureyro, conjuntamente con el pedido de libertad por falta de mérito formulado y demás institutos incoados por la Defensa Particular del encartado D. L.
Y CONSIDERANDO: I) Antecedentes
Con fecha 26 de abril el Sr. Agente Fiscal Dr. Gerardo Loureyro solicita la orden de detención de D. L. atento haber incorporado elementos probatorios al expediente, como declaraciones testimoniales, informes, documental y pericias que abonan la hipótesis del caso.
Previo a resolver, se contrarrestó el requerimiento fiscal con lo resuelto por la Sala III de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal, en el Habeas Corpus que otorgo la libertad del imputado D. L., donde se resaltaba que «…ante la nulidad de la declaración indagatoria dispuesta, el Sr. Agente Fiscal debería haber analizado nuevamente los hechos, la prueba y en su caso, realizar una nueva intimación para peticionar la «…nueva detención del encartado…».
En este sentido, y bajo los postulados del Superior se procedió a una reevaluación integral de los elementos incorporados y con fecha 28 de abril se hizo lugar a la orden de detención requerida, efectivizándose el día 1 de mayo del corriente, para luego hacer uso pleno de su derecho constitucional a declarar lo cual se encuentra protocolizado. (fs. 7553/7571, 308/317 CPP)
Asimismo, la Defensa Particular ha peticionado la excarcelación extraordinaria, la cual se encuentra en pleno trámite y la audiencia prevista por el artículo 168 bis del CPP, la cual se celebró con fecha 3 de junio en donde el Particular Damnificado y el Sr. Agente Fiscal sostuvieron los peligros procesales existentes en la presente causa, los cuales habían sido reseñados en el requerimiento de prisión preventiva, siendo cuestionados por la defensa y por D. L. a través de los planteos realizados, lo que se encuentra protocolizado en el acta (fs. 7765/7766, arts. 18 C.N. 148, 320 C.P.P.) Encontrándose los autos en estado de resolver corresponderá contextualizar los presentes;
II) Contextualización
II.a.) Para proceder a una correcta valoración de la prueba, el juzgador no puede abstraerse de un análisis integral de elementos de prueba que forman parte del presente proceso. (art. 210 del C.P.P.)
B. S., declaró que: «…según lo que contaba su hermana E. su pareja era muy obsesivo, celoso, cada vez que la misma llegaba 10 minutos tarde, su pareja la hacía poner mal, no la dejaba dormir, le revisaba los msm le abría sus e mail..». Asimismo afirmó que D. L. efectuaba una violencia psicológica contra E. Agregó que F. se mudo con su padre debido a los malos tratos recibidos por la pareja de su hermana. – lo resaltado me corresponde- (fs. 8)
Otra de sus hermanas, V. S. manifiesta: «…Que sabe por situaciones presenciadas que D. trataba a E. por el lado de la culpa y este se ponía en el papel de víctima, por ejemplo cuando se muda E. a la casa de D., ella hace un comentario que todavía no estaba preparada para mudarse junto a él y que este la presionaba (…) Que la relación era tormentosa que D. es sumamente celoso, controlador y manipulador, posesivo…». -lo resaltado me corresponde- (fs. 249/250)
En igual sentido depuso M. C. quien también percibió el estado en que se encontraba E.: «…Que sabe que por comentarios de E. que D. era una persona insegura, deprimida, pero sobre todas las cosas que era celoso…». -lo resaltado me corresponde- (L.F. fs.156)
G. L. K. manifiesta: «…que trabaja en TSU Cosméticos (…) Que se inicia una relación de compañerismo a partir que E. es trasladada a la oficina que comparten desde hace dos meses aproximadamente, Que sabe por comentarios de E. que últimamente se encontraba triste porque su hija F. había decidido irse a vivir con su padre (…) E. le conto al pasar que en el día del amigo había salido con las amigas a cenar y que D. la interrogaba de por qué tenía que salir, por que de noche, Que D. antes de decidirse a vivir juntos no era así , que ahora todo es un problema (…) Que recuerda que un día E. se hace presente en la oficina y que la dicente la noto demacrada por lo que le consulto, si había dormido la noche anterior, respondiéndole E. que no había dormido bien, porque tuvo una discusión con D. y que cuando discuten hasta que no se llega a un acuerdo o se arreglan, no la dejaba en paz, por ello es que no durmió esa noche…». -lo resaltado me corresponde- (fs. 394)
En similares términos declara H. R. R. Gerente de la empresa Arca Distribuciones SA (TSU cosméticos) quien trabajaba con E. S. y también conocía que la misma padecía de problemas en su relación con su pareja D. L.- (ver fs. 397) L. D. N. compañero de trabajo de E. S. manifestó a fs. 392/393: «(…) Que sabe por comentarios de E. que D. era celoso (…) que por comentarios de compañeros de trabajo le refirieron que le revisaba los mails. Que los últimos tiempos en la empresa se la notaba preocupada y que varios compañeros le consultaban E., que le pasaba pero ante todas las veces en la que E. comentaba lo que le sucedía con D., por ejemplo que revisaba los mensajes de textos y otras situaciones problemáticas que padecía y que estos aconsejaban, es que los últimos días acusaba de estar mal por su hija había ido a vivir con el padre de ella… «. -lo resaltadoPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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