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JURISPRUDENCIAAccidente de tránsito. Responsabilidad del Estado Provincial
Se confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda interpuesta por varios empleados del Consejo Provincial de Vialidad contra el Estado provincial persiguiendo el resarcimiento de los daños sufridos mientras viajaban en un camión de la repartición que volcó.
Santiago del Estero, 23 de abril de 2015.
1ª ¿Es justa la sentencia apelada? 2ª ¿Qué decir sobre las costas?
1ª cuestión.- La Dra. De La Rúa dijo:
I) La sentencia de autos, cuyo testimonio obra a fs. 511/519 declara la inconstitucionalidad del art. 39 inc. 1° de la ley N° 24.557, y en consecuencia hace lugar parcialmente a la demanda y en mérito a ello, condena al Sr. Sergio Rubén Santos y a la Provincia de Santiago del Estero a abonar in solidum al Sr. Adolfo del Valle Paz, la suma de $63.000 en concepto de daño material (gastos asistenciales e incapacidad sobreviniente) y daño moral; y al Sr. Eusebio Gerez la suma de $10.000. en el plazo de diez días de consentida o ejecutoriada que fuere la sentencia con más el interés de la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina desde la fecha del hecho y hasta el efectivo pago. Con costas a los vencidos.
II) Contra dicha decisión se alza el Gobierno de la Provincia, expresando agravios a fs. 562/571, los cuales fueron contestados por la actora a fs. 573/577. Por providencia de fs. 585 pasan los presentes a estudio de este Tribunal.
III) Los agravios del quejoso pueden sintetizarse en los siguientes: 1) Lo agravia la condena a su parte, señalando que el a quo considera que hubiera sido importante contar con una pericia accidentólogica, y que parece olvidar que la carga probatoria se encuentra en cabeza de la actora y por lo tanto la omisión de producir la prueba fundamental no hace más que indicar el temor de que ésta determine la falta de responsabilidad del conductor del accidente motivo de la litis. También se equivoca el a quo cuando adjudica la responsabilidadPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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