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JURISPRUDENCIAPersecución policial. Tentativa de homicidio agravada por el uso de arma de fuego
Se confirma la sentencia que no hizo lugar a la nulidad del procedimiento policial, y condenó a los imputados como coautores materiales y penalmente responsables del delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con tentativa de homicidio agravada doblemente por haber sido cometida mediante la utilización de arma de fuego y en perjuicio de agentes policiales en cumplimiento de sus funciones.
En la ciudad de Buenos Aires, a los 18 días del mes de septiembre del año dos mil quince, se reúne la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por el doctor Mariano Hernán Borinsky como Presidente, los doctores Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos como Vocales, asistidos por el secretario actuante, a los efectos de resolver el recurso de casación de fs. 711/724 de la presente causa nro. CCC48723/2012/TO1/CFC1 del registro de esta Sala IV, caratulada: «G., J. S. y otro s/recurso de casación»; de la que RESULTA:
I. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 15 de la Capital Federal, en la causa Nº 4055 mediante sentencia del 30 de septiembre de 2014, resolvió -en lo que aquí interesa-: «I) NO HACER LUGAR A LA NULIDAD del procedimiento policial que diera origen a este sumario y todo lo actuado en consecuencia. (art. 166 y subsiguientes a contrario sensu del C.P.P.N.).; V) CONDENAR a D. A. T. de las demás condiciones personales del encabezamiento, por considerarlo coautor material y penalmente responsable del delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con tentativa de homicidio agravado doblemente por haber sido cometido mediante la utilización de arma de fuego y en perjuicio de agentes policiales en cumplimiento de sus funciones reiterado en dos oportunidades (damnificados Sargento C. G. G. y Cabo 1° N. C.) los cuales concurren de manera real con el delito de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, A LA PENA DE DIECISÉIS AÑOS DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS (Arts. 29 inc. 3°, 41 bis, 42, 44, 54,Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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