Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAAccidente en la vía pública. Caída. Responsabilidad del Estado. Servicio público concesionado
Se confirma el pronunciamiento de grado en lo sustancial que decide, modificándose respecto del reconocimiento de los gastos médicos incurridos en virtud de la caída que sufrió la actora en la vía pública, por la acumulación de agua y verdín en una esquina.
En la ciudad de General San Martín, a los 11 días del mes de abril de 2.016, se reúnen en acuerdo ordinario los señores Jueces de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín, estableciendo el siguiente orden de votación de acuerdo al sorteo efectuado: Saulquin – Bezzi – Echarri, para dictar sentencia en la causa N° 4694/2015, caratulada «LAGREGA MARÍA DEL CARMEN C/ MUNICIPALIDAD DE MERLO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (316)».
ANTECEDENTES
I.- A fs. 1265/1282, la magistrada a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 1 del Departamento Judicial de Morón, dictó sentencia y resolvió: «I.- Hacer lugar parcialmente a la demanda de daños y perjuicios -conforme a los fundamentos de los considerandos- entablada por la actora María Del Carmen Lagrega contra la MUNICIPALIDAD DE MERLO y AGUA DEL GRAN BUENOS AIRES y haciendo extensiva la responsabilidad a las citadas en garantía por ésta última en la medida de las pólizas invocadas: «XL INSURANCE ARGENTINA S.A.» y » COMPAÑIA DE SEGUROS Y GENERALI ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS «quienes deberán abonar a la actora en cuanto a los rubros DAÑO FÍSICO la suma de pesos Pesos: treinta y ocho mil setenta y nueve con 71 centavos ($38.079,71), en concepto Tratamiento de FisioKinesioterapia la suma de pesos mil ochocientos ($ 1.800) y en concepto de DAÑO MORAL la suma de Pesos Once mil cuatrocientos veinticuatro ($11424). Todas estas sumas deberán ser liquidadas con más intereses vigentes desde la fecha del decisorio y hasta el momento del efectivo pago (Conc. sentencia de la suscrita Nov./2009 en igual sentido en autos: Tavaut Alberto José C/ Municipalidad de Morón S/ Daños y Perjuicios «Expte. 5774, «Huertas Vanesa P. C/Municipalidad de Morón S /Pretensión indemnizatoria» Sentencia en igual sentido de la suscrita de Feb/2015) y con fundamento en los arts. 14, 17 de la C.Nac., arts. 166 útimo párrafo 192 inc. 6 del Const. Pcial. arts.1068, 1069, 1074, 1112, 23 40 inc. 7 ,2344 y conc. Del Cód. Civil, art.163 inc 5, 384, 375 y concordantes CPCC, art. 107 de la LOM, y art. 50 CCA). La tasa que se deberá tomar es aquella determinada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para el pago de depósitos a 30 días respecto de los fondos captados en forma «digital» conforme se dispone el decisorio (Cfr. S.C.J.B.A. L 80710 S 7/9/2005conc. doctrina legal L.94.446 «Ginossi Juan Carlos contra Asociación Mutual U.T.A. S. Despido y conc. Trib. De trabajo Nro. 7 de San Isidro «CZernecki Jorge A.C/ Rezagos Industriales SHS/Despido «Rojos Crocimbo c/ Delio Cristian S/Daños y Perjuicios «Fallo de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Mar del Plata Sala II- «Remy, Juan Domingo c/ Viora Orlando S/Daños Y Perjuicios Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Junín) (arts. 7 y 10 de la ley 23.928, texto según ley 25.561 -coincidente en ambas redacciones en sus contenidos-; 622, Código Civil y 5, ley 25.561). II.- RECHAZAR la demanda en relación a los rubros lucro cesante, gastos de traslado y médicos, conforme los argumentos esgrimidos en el Considerando VI de este decisorio -conf. art. 375 del CPCC- III.- Firme la liquidación a practicarse en autos fíjase un plazo de treinta (30) días para su cumplimiento (163 inc. 7 del CPCC -conc. art 50 y 63 del CCA).- IV.- Las costas se imponen el 80 % a las demandadas que han sido parcialmente vencidas y el 20 % a la actora (51 inc.1 del C.C.A modif. por ley 14437 ) conforme al punto VIII de este decisorio, difiriendo la regulación de honorarios de los letrados para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 8.904».
II.- Contra dicho pronunciamiento, interpuso recurso de apelación la parte demandada (a fs. 1304/1309 y vta.).
III.- Seguidamente, a fs. 1310/1315 y vta., interpuso presentación recursiva la parte actora.
IV.- Mediante providencia de fs. 1316, se dispuso el traslado del recurso interpuesto por la demandada, a la parte actora, por el término de 10 días. Asimismo, se ordenó el traslado del recurso interpuesto por la parte actora, a las codemandadas y citadas en garantía, por el término de 10 días.
V.- A fs. 1321/1328, la citada en garantía XL Insurance Argentina S.A. Compañía de Seguros interpuso recurso de apelación.
VI.- Por su parte, a fs. 1329/1333 y vta., la codemandada Aguas del Gran Bs. As. S.A. interpuso presentación recursiva.
VII.- Mediante providencia de fs. 1334, la magistrada de grado ordenó el traslado del memorial interpuesto por XL Insurance Argentina S.A. Compañía de Seguros y por la codemandada Aguas del Gran Buenos Aires S.A. a la parte actora, por el término de 10 días.
VIII.- A fs. 1357/1358, la parte actora contestó el traslado conferido de la expresión de agravios de la codemandada Municipalidad de Merlo, el cual se tuvo por agregado mediante providencia de fs. 1359.
IX.- A fs. 1360/1361 y vta., la parte actora contestó el traslado conferido de la expresión de agravios de la codemandada Aguas del Gran Buenos Aires S.A., el cual se tuvo por agregado mediante providencia de fs. 1364.
X.- A fs. 1362/1363, la parte actora contestó el traslado conferido de la expresión de agravios articulada por XL Insurance Argentina S.A., el cual se tuvo por agregado mediante providencia de fs. 1364.
XI.- A fs. 1365/1369 y vta., contestó XL Insurance Argentina S.A. Compañía de Seguros, el traslado conferido de la expresión de agravios de la parte actora, el cual se tuvo por agregado mediante providencia de fs. 1370.
XII.- A fs. 1371/1373, contestó traslado la codemandada Municipalidad de Merlo del memorial formulado por la parte actora, el cual se tuvo por contestado mediante providencia de fs. 1374.
XIII.- Mediante providencia de fs. 1385, se dispuso el traslado por el término de 10 días del recurso de Apelación interpuesto por la Municipalidad de Merlo a fs. 1304/1309, a Aguas del Gran Buenos Aires, Generali Corporate Compañía Argentina de Seguros S.A. y XL Insurance Argentina Compañía de Seguros S.A.; del recurso de Apelación interpuesto por Aguas del Gran Buenos Aires a fs. 1329/1333 traslado a la Municipalidad de Merlo, Generali Corporate Compañía Argentina de Seguros S.A. y XL Insurance Argentina Compañía de Seguros S.A. y del recurso de Apelación interpuesto por XL Insurance Argentina Compañía de Seguros S.A. a fs. 1321/1328 traslado a la Municipalidad de Merlo, Generali Corporate Compañía Argentina de Seguros S.A. y Aguas del Gran Buenos Aires.
XIV.- A fs. 1440, contestó el traslado conferido XL Insurance Argentina S.A. Compañía de Seguros.
XV.- A fs. 1450 se ordenó elevar las actuaciones al presente Tribunal.
XVI.- Recibidas que fueran las mismas -cfr. constancia de fs. 1451vta.- pasaron los Autos para Resolver (cfr. fs. 1452).
XVII.- A fs. 1453/1455, se efectuó el pertinente examen de admisibilidad formal. Asimismo, las partes fueron notificadas (cfr. fs. 1456/1457 y vta., 1458/1459 y vta., 1460/1461 y vta. y 1462/1463Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


